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Texto completo de la nueva ley de matrimonio y divorcio

Capítulo 1 Siempre

Reglas

Artículo 1 Esta ley es la norma básica para el matrimonio y las relaciones familiares.

El artículo 2 implementa el sistema matrimonial de libertad de matrimonio, monogamia e igualdad entre hombres y mujeres.

Proteger los derechos e intereses legítimos de las mujeres, los niños y las personas mayores.

Practicar planificación familiar.

El artículo 3 prohíbe los matrimonios concertados, los matrimonios comprados y otros actos que interfieran con la libertad del matrimonio. Está prohibido pedir bienes a través del matrimonio.

La bigamia está prohibida. Se prohíbe a los cónyuges convivir con otras personas. La violencia doméstica está prohibida. Están prohibidos el abuso y el abandono entre familiares.

Artículo 4: El marido y la mujer deben ser leales el uno al otro y respetarse mutuamente. Los miembros de la familia deben respetar a los ancianos, amar a los jóvenes, ayudarse unos a otros y mantener un matrimonio y una relación familiar igualitarios, armoniosos y civilizados.

Capítulo 2 Conclusión

Matrimonio

Artículo 5: El matrimonio debe ser completamente voluntario tanto para el hombre como para la mujer Ninguna de las partes podrá obligar a la otra, ni tampoco a un tercero. parte puede interferir.

Artículo 6: La edad para contraer matrimonio no será anterior a los 22 años para los hombres y a los 20 años para las mujeres. Se debe fomentar el matrimonio tardío y la maternidad tardía.

Artículo 7: Está prohibido el matrimonio en cualquiera de las siguientes circunstancias:

(1) Parientes consanguíneos lineales y colaterales dentro de tres generaciones;

(2 ) Sufrir Hay enfermedades que médicamente se consideran no aptas para el matrimonio.

Artículo 8 Si tanto un hombre como una mujer desean casarse, deberán acudir personalmente a la oficina de registro de matrimonios para registrar el matrimonio. Si el matrimonio cumple con las disposiciones de esta ley, se registrará y se expedirá un acta de matrimonio. Obtener un certificado de matrimonio equivale a establecer la relación entre marido y mujer. Si el matrimonio no ha sido registrado, deberá volver a registrarse.

Artículo 9 Después del registro del matrimonio, con el consentimiento tanto del hombre como de la mujer, la mujer puede convertirse en miembro de la familia del hombre y el hombre puede convertirse en miembro de la familia de la mujer.

Artículo 10: Un matrimonio es nulo si concurre alguna de las siguientes circunstancias:

(1) Bigamia (2) Existe una relación de parentesco que prohíbe el matrimonio;

(3) Sufre de una enfermedad que se considera médicamente inadecuada para el matrimonio antes del matrimonio y no se cura después del matrimonio;

(4) Aquellos que son menores de la edad legal para contraer matrimonio.

Artículo 11 Si el matrimonio se produce por coacción, la parte coaccionada podrá solicitar a la autoridad de registro matrimonial o al tribunal popular la anulación del matrimonio. Si la parte coaccionada solicita la disolución de un matrimonio, la solicitud deberá realizarse dentro del año siguiente a la fecha de inscripción del matrimonio. Si la parte cuya libertad personal está ilegalmente restringida solicita la disolución del matrimonio, la solicitud deberá hacerse dentro del año siguiente a la fecha del restablecimiento de la libertad personal.

Artículo 12 El matrimonio nulo o revocado es nulo desde el principio. Las partes no tienen los derechos y obligaciones de marido y mujer. Los bienes adquiridos durante la convivencia se resolverán mediante acuerdo entre las partes; si no se puede llegar a un acuerdo, el Tribunal Popular dictará sentencia basándose en el principio de cuidar de la parte no culpable. La disposición de bienes de un matrimonio inválido resultante de la bigamia no infringirá los derechos e intereses de propiedad de las partes en el matrimonio legal. Las disposiciones de esta Ley relativas a padres e hijos se aplicarán a los hijos nacidos de los interesados.

Capítulo 3 Relaciones Familiares

Artículo 13: El marido y la mujer tienen igual estatus en la familia.

Artículo 14 Tanto el marido como la mujer tienen derecho a utilizar su propio nombre.

Artículo 15 Tanto el marido como la mujer tienen libertad de participar en la producción, el trabajo, el estudio y las actividades sociales, y ninguna de las partes restringirá o interferirá con la otra.

Artículo 16 Tanto el marido como la mujer tienen la obligación de practicar la planificación familiar.

Artículo 17 Serán de propiedad conjunta del marido y la mujer los siguientes bienes adquiridos por el marido y la mujer durante el matrimonio:

(1) Salarios y bonificaciones

; (2) ) Ingresos provenientes de operaciones productivas y comerciales;

(3) Ingresos por derechos de propiedad intelectual;

(4) Bienes heredados o donados, excepto lo dispuesto en el párrafo 3 de Artículo 18 de esta Ley;

(5) Los demás bienes que deban pertenecer a * * *.

El marido y la mujer tienen iguales derechos sobre todos los bienes.

Artículo 18 Si concurre alguna de las circunstancias siguientes, serán bienes de uno de los cónyuges:

(1) Los bienes prematrimoniales de una de las partes;

(2) Gastos médicos, subsidios de subsistencia para personas discapacitadas, etc. Obtenido por una de las partes debido a una lesión física;

(3) Propiedad que se determina que pertenece únicamente al esposo o la esposa en el testamento o contrato de donación;

(4) Necesidades diarias utilizadas exclusivamente por una de las partes;

(5) Otros bienes que deban pertenecer a una de las partes.

Artículo 19: El marido y la mujer podrán pactar que los bienes adquiridos durante el matrimonio y los bienes anteriores al matrimonio sean de su propiedad, en todo o en parte, o en parte. El acuerdo debe ser por escrito. Si no hay acuerdo o el acuerdo no es claro, se estará a lo dispuesto en los artículos 17 y 18 de esta Ley.

El acuerdo entre marido y mujer sobre los bienes adquiridos durante el matrimonio y los bienes anteriores al matrimonio será vinculante para ambas partes.

El marido y la mujer acuerdan que los bienes adquiridos durante el matrimonio serán propiedad del otro. Si un tercero tiene conocimiento de este acuerdo, deberá liquidar todos los bienes propiedad de los cónyuges.

Artículo 20: El marido y la mujer tienen la obligación de sustentarse mutuamente.

Cuando una de las partes incumple sus obligaciones alimentarias, la parte que necesita manutención tiene derecho a exigir a la otra parte que pague la manutención.

Artículo 21: Los padres tienen la obligación de criar y educar a sus hijos; los hijos tienen la obligación de sustentar y sustentar a sus padres.

Cuando los padres incumplen sus obligaciones de manutención de los hijos, los menores o niños que no pueden vivir de forma independiente tienen derecho a exigir a sus padres el pago de la manutención de los hijos.

Los padres que no pueden trabajar o tienen dificultades para vivir tienen derecho a exigir a sus hijos el pago de una pensión alimenticia cuando estos no cumplen con sus obligaciones alimentarias.

Está prohibido el ahogamiento infantil, el abandono y otras conductas que perjudiquen a los bebés.

Artículo 22 Los hijos pueden llevar el apellido de su padre o el de su madre.

Artículo 23 Los padres tienen derechos y obligaciones de proteger y educar a sus hijos menores. Cuando los hijos menores causen daños al país, a colectividades u otros, los padres están obligados a asumir la responsabilidad civil.

Artículo 24 El marido y la mujer tienen derecho a heredar recíprocamente.

Los padres y los hijos tienen derecho a heredar unos a otros.

Artículo 25: Los hijos nacidos fuera del matrimonio tienen los mismos derechos que los nacidos dentro del matrimonio, y nadie podrá dañarlos ni discriminarlos.

El padre o la madre biológica que no críe directamente a un niño nacido fuera del matrimonio correrá con los gastos de manutención y educación del niño hasta que el niño pueda vivir de forma independiente.

Artículo 26: El Estado protege las relaciones legales de adopción. Los derechos y obligaciones entre padres adoptivos e hijos adoptados se regirán por las disposiciones pertinentes de esta Ley sobre las relaciones entre padres e hijos.

Los derechos y obligaciones entre el hijo adoptado y los padres biológicos se extinguen con el establecimiento de la relación de adopción.

Artículo 27: No habrá abuso ni discriminación entre padrastros e hijastros.

Las disposiciones pertinentes de esta Ley sobre las relaciones entre padres e hijos se aplicarán a los derechos y obligaciones entre el padrastro o madrastra y los hijastros a quienes críen y eduquen.

Artículo 28: Los abuelos que puedan costearlo tienen la obligación de sustentar a sus nietos menores cuyos padres hayan fallecido o cuyos padres no puedan sustentarlos. Los nietos que puedan permitírselo tienen la obligación de mantener a los abuelos cuyos hijos hayan fallecido o no puedan mantenerlos.

Artículo 29 Los hermanos que puedan costearlo tienen la obligación de sustentar a sus hermanos menores de edad cuyos padres hayan fallecido o no puedan sustentarlos. Los hermanos y hermanas que pueden ser criados por sus hermanos y hermanas tienen la obligación de mantener a los hermanos y hermanas que carecen de la capacidad de trabajar y de tener una fuente de ingresos.

Artículo 30: Los hijos deben respetar los derechos matrimoniales de sus padres y no interferirán con el nuevo matrimonio de sus padres y la vida después del matrimonio. La obligación de los hijos de mantener a sus padres no termina por cambios en la relación matrimonial de estos.

Capítulo 4 Del

Matrimonio

Artículo 31 Si el hombre y la mujer se divorcian voluntariamente, se concederá el divorcio. Ambas partes deben solicitar el divorcio en la Oficina de Registro de Matrimonios. Cuando la Oficina de Registro de Matrimonios determine que ambas partes están realmente dispuestas y que los asuntos relacionados con los hijos y la propiedad se han manejado adecuadamente, se emitirá un certificado de divorcio.

Artículo 32: Si un hombre o una mujer solicita el divorcio, los departamentos pertinentes podrán mediar o presentar directamente una demanda de divorcio ante el Tribunal Popular.

Al conocer de un caso de divorcio, el Tribunal Popular realizará la mediación; si la relación realmente se ha roto y la mediación es ineficaz, se concederá el divorcio.

Si la mediación fracasa en cualquiera de las siguientes circunstancias, se concederá el divorcio:

(1) Bigamia o cónyuge que convive con otros;

(2) Llevar a cabo violencia doméstica o abusar o abandonar a miembros de la familia;

(3) Apuestas, abuso de drogas y otros malos hábitos;

(4) Vivir separados durante más de dos años debido a problemas emocionales. discordia;

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(5) Otras circunstancias que conduzcan a la ruptura de la relación conyugal.

Si una de las partes es declarada desaparecida y la otra parte solicita el divorcio, se concederá el divorcio.

Artículo 33 Si el cónyuge de un militar en servicio activo solicita el divorcio, deberá obtener el consentimiento del militar en servicio activo, excepto cuando uno de los militares en servicio activo tenga falla mayor.

Artículo 34: Durante el embarazo, dentro del año siguiente al parto, o dentro de los seis meses siguientes a la interrupción del embarazo, el hombre no podrá solicitar el divorcio. Esto no se aplica si la mujer solicita el divorcio o si el tribunal popular considera necesario aceptar la solicitud de divorcio del hombre.

Artículo 35 Después del divorcio, si tanto el hombre como la mujer reanudan voluntariamente su relación matrimonial, deberán acudir a la autoridad de registro de matrimonios para registrarse para volver a casarse.

Artículo 36 La relación entre padres e hijos no se eliminará por el divorcio de los padres. Después de un divorcio, el niño sigue siendo hijo de ambos padres, independientemente de si los padres lo crían directamente.

Después del divorcio, los padres todavía tienen el derecho y la obligación de criar y educar a sus hijos.

Después del divorcio, los hijos lactantes serán criados por su madre adoptiva. Si las dos partes no pueden llegar a un acuerdo debido a una disputa sobre la custodia de un niño después de la lactancia, el tribunal popular emitirá un fallo basado en los derechos e intereses del niño y las circunstancias específicas de ambas partes.

Después del divorcio, la otra parte correrá con parte o la totalidad de los gastos de manutención y educación necesarios para los hijos criados por una de las partes. El monto y la duración de los gastos serán acordados por ambas partes; Si no se puede llegar a un acuerdo, la otra parte correrá con todos o parte de los gastos de manutención y educación necesarios. Sentencia del Tribunal Popular.

Un acuerdo o sentencia sobre los gastos de manutención y educación de los niños no impedirá que los niños hagan demandas razonables a cualquiera de los padres cuando sea necesario que excedan la cantidad originalmente acordada en el acuerdo o sentencia.

Artículo 38 Después del divorcio, la parte que no mantiene directamente a los hijos tiene derecho a visitarlos y la otra parte tiene la obligación de ayudarlos.

El método y el momento para el ejercicio del derecho de visita serán acordados por las partes; si no se puede llegar a un acuerdo, el Tribunal Popular resolverá.

Si la visita de los padres a sus hijos no favorece la salud física y mental de los niños, el Tribunal Popular suspenderá el derecho de visita de conformidad con la ley una vez que desaparezcan los motivos de la suspensión; para visitar será restablecido.

Artículo 39: En caso de divorcio, los bienes conyugales se administrarán por acuerdo entre las partes; si no se puede llegar a un acuerdo, el tribunal popular resolverá basándose en las circunstancias específicas de los bienes. y en línea con el principio de velar por los derechos e intereses de los niños y de la mujer.

Los derechos e intereses de las parejas en la gestión de contratos de tierras familiares están protegidos de conformidad con la ley.

Artículo 40: El marido y la mujer acuerdan por escrito que los bienes adquiridos durante el matrimonio serán propiedad del otro. Si una de las partes tiene más obligaciones de criar a los hijos, cuidar de los ancianos, ayudar a la otra parte en el trabajo, etc. , tiene derecho a exigir una compensación a la otra parte durante el divorcio, y la otra parte debe compensar.

Artículo 41: En caso de divorcio, las deudas contraídas por los cónyuges que viven juntos se pagarán solidariamente. * * * Si los mismos bienes no han sido reembolsados, o si los bienes pertenecen a cada uno, el reembolso se liquidará por acuerdo entre las dos partes; si el acuerdo fracasa, el Tribunal Popular dictará sentencia;

Artículo 42 Durante el divorcio, si una de las partes tiene dificultades para vivir, la otra parte deberá proporcionarle la asistencia adecuada con su casa y otros bienes personales. Las medidas específicas serán acordadas por ambas partes; si no se puede llegar a un acuerdo, el Tribunal Popular tomará una decisión.

Capítulo 5 Medidas de Rescate y Responsabilidades Legales

Artículo 43: En casos de violencia doméstica o abuso a familiares, la víctima tiene derecho a realizar una solicitud, y el comité de vecinos , el comité de la aldea y su La unidad local debe disuadir y mediar.

La víctima tiene derecho a presentar una demanda por violencia doméstica continua, y el comité de residentes y el comité del pueblo deben disuadirla; los órganos de seguridad pública deben detenerla;

Si la víctima solicita cometer violencia doméstica o abusar de un familiar, el órgano de seguridad pública impondrá sanciones administrativas de conformidad con la "Ley de Sanciones de la Administración de Seguridad Pública".

Artículo 44: Si un familiar es abandonado, la víctima tiene derecho a presentar una solicitud, y el comité de barrio, el comité de aldea y su unidad disuadirán y mediarán.

Si la víctima solicita abandonar a un familiar, el tribunal popular dictará sentencia para pagar la pensión alimenticia, la pensión alimenticia y la manutención conforme a la ley.

Artículo 45 Quien cometa bigamia y cometa violencia doméstica o maltrate o abandone a familiares será investigado por responsabilidad penal de conformidad con la ley. La víctima podrá presentar una acusación privada ante el Tribunal Popular de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Ley de Procedimiento Penal; el organismo de seguridad pública investigará de conformidad con la ley, y la Fiscalía Popular iniciará una acusación pública de conformidad con la ley.

Artículo 46: Al divorciarse, si concurre alguna de las siguientes circunstancias, la parte sin culpa tiene derecho a reclamar daños y perjuicios:

(1) Bigamia;

(2) Tener cónyuge viviendo con otras personas;

(3) Realizar violencia doméstica;

(4) Abusar o abandonar a familiares.

Artículo 47 Si una de las partes oculta, transfiere, vende o destruye los bienes conyugales, o falsifica deudas con el intento de apropiarse indebidamente de los bienes de la otra parte, al dividir los bienes conyugales, quien oculte, transfiera , vende o daña los bienes conyugales o falsifica los bienes La parte que debe la deuda puede recibir menos o ninguna participación. Después del divorcio, si la otra parte descubre las conductas antes mencionadas, podrá presentar una demanda ante el Tribunal Popular para solicitar otra división de los bienes conyugales.

El Tribunal Popular impondrá sanciones de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Civil por actos que obstaculicen el proceso civil previsto en el párrafo anterior.

Artículo 48 Las sentencias y fallos sobre alimentos, alimentos, división de bienes, herencias, visitas a los hijos, etc., serán ejecutados por el Tribunal Popular. Las personas y unidades pertinentes deberían ser responsables de ayudar en la implementación.

Artículo 49 Si otras leyes tuvieren otras disposiciones sobre actos ilícitos y responsabilidades jurídicas relacionadas con el matrimonio y la familia, prevalecerán esas disposiciones.

Apéndice del Capítulo 6

Reglas

Artículo 50 El Congreso Popular de un área étnica autónoma tiene la facultad de determinar, sobre la base de las condiciones específicas del matrimonio y Asuntos familiares de los grupos étnicos locales. Adoptar disposiciones flexibles. Los reglamentos modificados formulados por las prefecturas autónomas y los condados autónomos entrarán en vigor después de ser presentados al Comité Permanente del Congreso Popular de la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central para su aprobación. Las regulaciones modificadas formuladas por la región autónoma entrarán en vigor después de ser presentadas al Comité Permanente de la APN de la Asamblea Popular Nacional para su aprobación.

Artículo 51 La presente Ley entrará en vigor el 5438+0981 1 1 de junio de 2005.

La "Ley de Matrimonio de la República Popular China" promulgada en mayo de 1950 quedará abolida a partir de la fecha de implementación de esta ley.