¿Cómo sancionar el fraude en las licitaciones?
La sanción por falsificar los documentos de licitación es: Si un postor puja en nombre de otra persona o utiliza otros métodos para hacer trampa y ganar la oferta, su oferta será inválida y si causa pérdidas a el postor, será responsable de una indemnización conforme a la ley; si se constituye delito, la responsabilidad penal se perseguirá conforme a la ley; Si un postor de un proyecto que requiere licitación conforme a ley comete cualquiera de los actos enumerados en el párrafo anterior, que no constituya delito, será multado con una multa no menor al 0,5% ni mayor al 0,10% del monto de la licitación. proyecto ganador, y el responsable directo a cargo y demás personas directamente responsables de la unidad serán multados con una multa no inferior al 0,5% pero no superior al 0,10% del importe de la multa unitaria.
Objetividad jurídica:
Artículo 54 de la "Ley de Licitaciones y Subastas": Si un postor puja en nombre de otra persona o utiliza otros métodos para defraudar y ganar la oferta, su La oferta será nula y será sancionada. Si el licitador causa pérdidas, será responsable de una indemnización conforme a la ley; si se constituye delito, la responsabilidad penal se perseguirá conforme a la ley;