Me cortaron deliberadamente con un cuchillo. ¿Cómo debo realizar el proceso legal?
Ley de Procedimiento Penal
Artículo 108: Toda unidad o particular que descubra hechos delictivos o presuntos delincuentes tiene el derecho y la obligación de denunciarlo ante el órgano de seguridad pública, la Fiscalía Popular o la Fiscalía. Tribunal Popular.
Las víctimas tienen derecho a denunciar y acusar a los órganos de seguridad pública, las fiscalías populares o los tribunales populares de hechos delictivos o de sospechosos de delitos que infrinjan sus derechos personales y patrimoniales.
Los órganos de seguridad pública, las fiscalías populares o los tribunales populares aceptarán informes, acusaciones e informes. Si el caso no es de su propia jurisdicción, se transferirá a la autoridad competente para su tramitación, y se notificará al denunciante, al denunciante y al denunciante si el caso no es de su propia jurisdicción y se deben tomar medidas de emergencia; , primero se tomarán medidas de emergencia y luego se transmitirán al servicio competente.
Cuando los delincuentes se entreguen a los órganos de seguridad pública, fiscalías populares o tribunales populares, se aplicarán las disposiciones del apartado 3.