Los números de los casos de protesta son los siguientes
Base jurídica
El artículo 232 de la "Ley de Procedimiento Civil" estipula: Las fiscalías populares locales de todos los niveles dictarán sentencias y fallos de primera instancia de los tribunales populares al mismo tiempo. El Tribunal Popular original presentó una protesta y envió una copia de la misma a la Fiscalía Popular del nivel inmediatamente superior. El tribunal popular que originalmente juzgó el caso transferirá la carta de protesta junto con los expedientes del caso y las pruebas al tribunal popular del nivel inmediatamente superior y enviará una copia de la carta de protesta a las partes interesadas.
Si la Fiscalía Popular superior considera que la protesta es inapropiada, puede retirar la protesta al Tribunal Popular del mismo nivel y notificar a la Fiscalía Popular inferior.