Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - Encuentra la ley

Encuentra la ley

Artículo 19 Los gastos médicos se determinan sobre la base de los recibos de gastos médicos y honorarios de hospitalización emitidos por las instituciones médicas, combinados con pruebas pertinentes, como registros médicos y certificados de diagnóstico. Si el obligado a indemnizar tuviere alguna objeción a la necesidad o racionalidad del tratamiento, soportará la carga de la prueba correspondiente.

El importe de la indemnización por gastos médicos se determina en función del importe real incurrido antes de la conclusión del debate judicial de primera instancia. El titular del derecho a la indemnización puede demandar por separado después de los gastos de rehabilitación necesarios para la capacitación para la recuperación de la función de los órganos, los gastos cosméticos adecuados y otros gastos de tratamiento de seguimiento. Sin embargo, basándose en certificados médicos o conclusiones de la tasación, los gastos inevitables pueden compensarse junto con los gastos médicos ya incurridos.

Artículo 30 Si el titular del derecho a indemnización prueba que el ingreso disponible per cápita de los residentes urbanos o el ingreso neto per cápita de los residentes rurales en su lugar de domicilio o residencia habitual es superior al estándar para Del lugar del tribunal donde se interponga la demanda, la indemnización podrá basarse en la norma de su lugar de domicilio o residencia habitual. La indemnización por invalidez o la indemnización por muerte se calcularán con base en las normas pertinentes del lugar de residencia.

Las normas de cálculo pertinentes para los gastos de manutención de las personas a cargo se determinan de conformidad con los principios establecidos en el párrafo anterior.

Artículo 32 Si el titular del derecho pretende continuar pagando cuidados de enfermería, dispositivos de asistencia o indemnizaciones por invalidez que excedan un período determinado, el tribunal popular aceptará el caso. Si el obligante realmente necesita continuar con los cuidados de enfermería o preparar dispositivos de asistencia, o no puede trabajar y no tiene medios de subsistencia, el tribunal popular ordenará al deudor que continúe pagando los gastos correspondientes durante cinco a diez años.