¿Cuántas leyes has violado al bromear sobre la crisis nacional?
Si causa pánico, se agregará un artículo adicional después de la violación del artículo 291 de la Ley Penal como uno del artículo 291.
Se añade un artículo después del artículo 291 de la “Ley Penal” como artículo 291: “El que publique falsos explosivos, venenosos, radioactivos, patógenos infecciosos y otras sustancias, o el que fabrique información terrorista como amenazas de explosión, amenazas bioquímicas, o amenazas de radiación, o difunda a sabiendas información terrorista fabricada y a sabiendas la difunda, perturbando gravemente el orden social, será sancionado con pena privativa de libertad no superior a cinco años, prisión preventiva o vigilancia. consecuencias será castigado con pena de prisión superior a cinco años.