Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - En el nuevo Código Civil, ¿pueden los padres ceder bienes solos a sus hijos casados?

En el nuevo Código Civil, ¿pueden los padres ceder bienes solos a sus hijos casados?

Análisis Legal: Sí. 1. Los sujetos civiles deben seguir el principio de voluntariedad al ejercer actividades civiles, siempre que ambas partes estén de acuerdo. 2. Un contrato establecido de conformidad con la ley surtirá efectos desde el momento de su establecimiento, salvo que la ley disponga otra cosa o se acuerde lo contrario; por las partes; 3. En un contrato de donación, el donante Un contrato en el que la propiedad se dona al donatario sin cargo y el donatario acepta la donación. Siempre que ambas partes estén de acuerdo, los padres pueden ceder bienes conyugales a sus hijos.

Base jurídica: "Código Civil de la República Popular China"

Artículo 5 Los sujetos civiles que realicen actividades civiles seguirán el principio de voluntariedad y establecerán, cambiarán y terminarán relaciones jurídicas civiles. según sus propios deseos.

Artículo 502 El contrato establecido conforme a la ley surtirá efectos desde el momento de su celebración, salvo disposición legal en contrario o pacto en contrario de las partes. De conformidad con lo dispuesto en las leyes y reglamentos administrativos, si el contrato necesita ser aprobado, prevalecerá lo dispuesto. Si la falta de aprobación y otros procedimientos afecta la validez del contrato, no afectará el cumplimiento de las cláusulas de aprobación y otras obligaciones del contrato ni la validez de las cláusulas pertinentes. Si la parte que debe pasar por los procedimientos de aprobación no cumple con sus obligaciones, la otra parte podrá exigirle que asuma la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones. La modificación, transmisión y resolución del contrato estarán sujetas a aprobación de conformidad con lo dispuesto en las leyes y reglamentos administrativos y se aplicará lo dispuesto en el párrafo anterior.

Artículo 657 Contrato de donación es aquel en el que el donante dona gratuitamente sus bienes al donatario y éste expresa su aceptación de la donación.