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¿Soy legalmente responsable de incumplir maliciosamente los préstamos de las cooperativas de crédito?

El incumplimiento malicioso de los préstamos de las cooperativas de crédito implica el delito de fraude crediticio. Si el monto alcanza una determinada cantidad, constituirá responsabilidad civil y el banco procesará conforme a la ley.

El delito de fraude crediticio (artículo 193 de la Ley Penal) se refiere a la finalidad de posesión ilícita, fabricando motivos falsos para introducir fondos, proyectos, etc., utilizando contratos económicos falsos, utilizando documentos de certificación falsos, y utilizar certificados de derechos de propiedad falsos como garantías repetidas que exceden el valor de la garantía, o utilizar otros medios para defraudar a bancos u otras instituciones financieras para obtener préstamos o cantidades mayores. El fraude de préstamos es un tipo de delito financiero.