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¿Es el certificado inmobiliario legalmente vinculante?

Si se trata de un testigo de un contrato de compraventa de bienes raíces o de un testigo de un asunto de propiedad inmobiliaria. Si es lo primero, el acuerdo entrará en vigor después de que ambas partes lo firmen y no tiene relación directa con el testimonio de un abogado o la certificación notarial. El testimonio del abogado y la certificación notarial sólo prueban la autenticidad de la firma y no tienen derecho a probar la validez del contrato. Entonces en este sentido el testimonio del abogado es válido y puede servir como prueba. Por supuesto, al pasar por los procedimientos de registro de la casa, el departamento de registro básicamente la reconocerá sin la certificación notarial de ambas partes presentes.

Análisis Jurídico

1. Efecto vinculante El testimonio del abogado tiene cierta fuerza vinculante para ambas partes. Dado que ambas partes han solicitado voluntariamente ser testigo, y los actos jurídicos entre las partes han sido presenciados y son verdaderos y legales, las partes no deben cambiar, modificar o abolir los asuntos de testimonio a voluntad, sino que deben realizarlos voluntariamente. 2. Eficacia de la prueba El testimonio de un abogado significa que un abogado, con su estatus especial y su rico conocimiento profesional jurídico, en nombre de un abogado y de una firma de abogados, certifica objetiva y justamente ciertas acciones legales de la parte desde la perspectiva de un tercero. Hacer objetivamente al acusado El objeto del testigo es verdadero y legal, y tiene un cierto grado de autoridad. Por lo tanto, cuando surge una disputa entre dos partes y surge un pleito, generalmente se puede utilizar como prueba para conocer los hechos y determinar los derechos y obligaciones de ambas partes. La notarización es una actividad en la que una institución notarial certifica la autenticidad y legalidad de actos, hechos y documentos jurídicos civiles con importancia jurídica basándose en la solicitud de personas físicas, jurídicas u otras organizaciones y de conformidad con los procedimientos legales.

Base Jurídica

Artículo 36 La escrituración de actos jurídicos civiles deberá reunir las siguientes condiciones: (1) Que los interesados ​​tengan las calificaciones para realizar el acto y la correspondiente capacidad para la conducta civil; (2) la intención de las partes interesadas es verdadera; (3) el contenido y la forma de la conducta son legales y no violan la ética social; Si las normas de notariación para distintos actos jurídicos civiles tuvieran requisitos especiales, prevalecerán dichas disposiciones.