Obtuve la libertad bajo fianza de la Oficina de Seguridad Pública en espera del juicio y ahora el caso ha sido transferido a la Fiscalía. ¿Qué trámites debo realizar? ¿Necesito pagar?
2. Cuando el caso sea transferido al Ministerio Público, antes del procesamiento, éste requerirá a las partes para que verifiquen los hechos del caso y cumplan con sus obligaciones de notificación, es decir, informar a las partes de sus derechos y que puedan contratar un abogado.
Leyes y regulaciones pertinentes:
Artículo 56 de la Ley de Procedimiento Penal Los sospechosos y acusados de delitos que sean puestos en libertad bajo fianza en espera de juicio deberán cumplir con las siguientes disposiciones:
(1) ) no saldrá de la ciudad o condado donde vive sin la aprobación de la agencia de aplicación de la ley;
(2) Estará presente en la lectura de cargos de manera oportuna;
(3) No interferirá con el testimonio de los testigos de ninguna forma;
(4) No se podrá destruir, falsificar ni coludir ninguna evidencia en las confesiones.