¿Cuál es el origen de la ley de educación?
Análisis jurídico: se refiere a la solidez de la formación del derecho educativo. Según el concepto jurídico marxista, la fuente real del derecho educativo está determinada por las condiciones materiales de vida de la sociedad, a lo que se denomina fuente en el sentido material. Suele referirse a sus orígenes formales, es decir, a la forma en que se creó la ley de educación. El tipo de órganos y métodos estatales en los que se crea esta ley y el tipo de documento legal en el que se expresa depende de la naturaleza de la ley de educación, pero también se ve afectado por factores como el sistema político del país y las tradiciones culturales nacionales. y etapas de desarrollo social. Históricamente, las principales fuentes del derecho educativo incluyen: derecho consuetudinario (derecho no escrito), precedentes, documentos legales normativos (derecho escrito), tratados, etc. La fuente de la ley de educación de mi país son principalmente los documentos normativos sobre educación formulados por el Estado. Sus características: (1) la ley estatutaria es la forma principal; (2) el estatus de las agencias nacionales que formulan y promulgan regulaciones educativas son diferentes, y sus nombres y efectos también son diferentes. Las fuentes principales son la Constitución, las leyes de educación, los reglamentos administrativos educativos, los reglamentos educativos locales, los reglamentos educativos y los tratados y acuerdos educativos (3) Los documentos normativos legales educativos están garantizados por la fuerza obligatoria del estado;
Base legal: El artículo 2 de la "Ley de Educación Obligatoria de la República Popular China" establece que el país implementa un sistema de educación obligatoria de nueve años. La educación obligatoria es una educación que todos los niños y adolescentes en edad escolar deben recibir, y es una tarea de bienestar público que el Estado debe proteger. Implementar la educación obligatoria y eliminar las matrículas y tasas diversas. El Estado ha establecido un mecanismo de garantía de financiación para la educación obligatoria para garantizar la implementación del sistema de educación obligatoria.