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¿Se pueden utilizar como prueba los pagarés tomados con teléfonos móviles?

Análisis jurídico: los pagarés tomados con teléfonos móviles no pueden utilizarse como prueba. Las fotos tomadas son copias. Sin los originales, no pueden considerarse pruebas por sí solas. Deben estar respaldados por otras pruebas, como registros de transferencia y grabaciones de audio. Las fotografías sólo pueden probar la existencia de la deuda y no tienen ningún efecto legal. Sólo podrán utilizarse si el deudor no se opone. El pagaré lo redacta el deudor y, si el pagaré debe demostrar su validez, sólo el original puede proteger sus derechos. Esta validez no está disponible si el pagaré es una fotografía tomada. Por lo tanto, es necesario que el acreedor conserve el pagaré.

Base legal: El artículo 30 del “Reglamento de Procedimientos para la Atención de Casos Administrativos por parte de los Órganos de Seguridad Pública” es el comprobante original. Cuando sea verdaderamente difícil obtener originales, se podrán utilizar fotocopias o reproducciones. Se podrán utilizar como prueba copias y duplicados de pruebas documentales si se verifica que son correctas con el original o autenticadas. Si la prueba documental tiene cambios o signos de cambio que no pueden explicarse razonablemente, o si las copias o réplicas de la prueba documental no pueden reflejar el documento original y su contenido, no podrá utilizarse como prueba. Artículo 31 Las fotografías y videos de pruebas físicas, copias y copias de pruebas documentales y copias de materiales audiovisuales deberán ir acompañadas de una descripción escrita del proceso de producción y del original y del lugar de almacenamiento del original, y estarán certificadas por el productor, el poseedor del objeto o el poseedor del original Firmado por personal relevante de la unidad.