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Las características esenciales del estatuto jurídico de los docentes

Las características esenciales de la personalidad jurídica de los docentes son las siguientes:

Antes de la promulgación de la "Ley de Educación" y la "Ley del Docente", "maestros" era el nombre colectivo para designar al personal escolar dedicado a la educación y la enseñanza. . La sucesiva promulgación de la "Ley de Maestros" y la "Ley de Educación" han otorgado a "maestros" un significado jurídico específico. "Maestros" en el sentido legal se refiere a profesionales que desempeñan tareas educativas y docentes y asumen la misión de enseñar y educar al pueblo, cultivar constructores y sucesores de la causa socialista y mejorar la calidad de la nación.

Los docentes son profesionales que desempeñan responsabilidades educativas y docentes. Ésta es la característica esencial del estatus del docente y la connotación del concepto de docente. Tiene dos significados: Cumplir con las responsabilidades de la educación, enseñar y educar a las personas es la característica profesional de los docentes. Sólo aquellos que asumen directamente la responsabilidad de la educación y la enseñanza tienen las calificaciones más básicas para ser docentes. Para el personal administrativo, el personal de empresas industriales dirigidas por escuelas y el personal auxiliar docente (incluido el personal de servicios logísticos) que no se dediquen directamente a la educación y la docencia y no realicen tareas de educación y docencia;

No podrá considerarlos como profesores. Pero pertenecen a la serie de personal de educación u otros puestos profesionales y técnicos correspondientes. El profesionalismo es la característica de identidad de los docentes. Al igual que los médicos y los abogados, los docentes son profesionales que desarrollan actividades profesionales especializadas. Es decir, los docentes deben tener calificaciones especiales para participar en actividades educativas y docentes y cumplir requisitos específicos.

El "profesional" aquí incluye tres significados: primero, los docentes deben tener las calificaciones académicas correspondientes que cumplan con los requisitos; segundo, los docentes deben tener los conocimientos profesionales correspondientes; tercero, los docentes deben cumplir con otras calificaciones acordes con su profesión. Regulaciones relevantes, como capacidad de expresión del lenguaje, personalidad, salud física, etc. Un profesor que no trabaja como profesor pero que viene temporalmente a la escuela para realizar algunos cursos no puede contarse como profesor.