Análisis jurídico: Las condiciones para el levantamiento de la preservación son: después de tomar medidas de preservación previas al litigio, el interesado no demanda dentro de los 15 días; el demandado brinda una garantía al tribunal; el solicitante retira la solicitud durante el período de preservación de la propiedad; el tribunal acuerda retirar la solicitud; el tribunal confirma que la solicitud de reconsideración del demandado era razonable y se dictó una nueva sentencia, revocando la sentencia de preservación de propiedad original, que el demandado había cumplido con sus obligaciones a juicio del tribunal de conformidad con la ley; La preservación de la propiedad no tenía sentido. El procedimiento para rescindir una resolución de preservación de propiedad es el mismo que el procedimiento para que una parte insatisfecha con una resolución de preservación de propiedad solicite una reconsideración. El juez o sala colegiada que dictó la resolución de conservación del bien, dictará una nueva resolución conforme a la ley para dar por terminada la conservación del bien. Si el presidente descubre que existe un error en la sentencia de preservación previa al litigio legalmente efectiva o en la sentencia dictada en el procedimiento de ejecución, lo presentará a la comisión judicial para su discusión y decisión, y luego dictará sentencia para revocar la sentencia original. .
Base jurídica: Artículo 101 de la Ley de Enjuiciamiento Civil de la República Popular China. Si un interesado no solicita la preservación inmediatamente por una situación urgente, que causará un daño irreparable a sus derechos e intereses legítimos, podrá, antes de presentar una demanda o solicitar el arbitraje, presentar una demanda ante las personas. que tienen jurisdicción sobre el lugar donde se encuentra el bien a conservar, donde está domiciliado el demandado, o donde el tribunal solicitó medidas de preservación. El solicitante deberá aportar una garantía. Si no se proporciona ninguna garantía, la solicitud será desestimada. Después de aceptar la solicitud, el Tribunal Popular debe dictar sentencia en un plazo de 48 horas; si se le ordena tomar medidas cautelares, ésta debe ejecutarse de inmediato. Si el solicitante no presenta una demanda o solicita arbitraje de conformidad con la ley dentro de los treinta días posteriores a la adopción de las medidas de preservación por parte del tribunal popular, el tribunal popular dará por terminada la preservación.