¿Es legalmente vinculante recibir una notificación de audiencia judicial por teléfono?
1. La notificación de la primera audiencia judicial se realizará por escrito. Con el consentimiento de las partes, el tribunal podrá notificar los documentos del litigio por fax, correo electrónico u otros medios que puedan confirmar su recepción, excepto sentencias, fallos y documentos de mediación;
2. las partes, el tribunal resolverá La notificación por fax, correo electrónico, teléfono, etc. no es válida y no tiene ningún efecto jurídico;
3 Base jurídica: artículo 87 de la "Ley de Procedimiento Civil" (revisada en 2012). ). Con el consentimiento de la persona a ser notificada, el tribunal popular podrá notificar los documentos del litigio por fax, correo electrónico u otros métodos que puedan acusar recibo, excepto sentencias, fallos y documentos de mediación.
Si se entrega por el método mencionado en el párrafo anterior, la fecha en que el fax o correo electrónico llegue al sistema específico del destinatario será la fecha de entrega.