Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - Secuestro y detención ilegal de niños

Secuestro y detención ilegal de niños

Subjetividad jurídica:

1. El objeto del delito de detención ilegal es toda persona física que goza de derechos personales conforme a la ley. El delito de sustracción de menores se refiere al acto de utilizar engaño, inducción u otros medios para provocar que niños y niñas menores de 14 años abandonen a sus familias o tutores. 2. Diferentes elementos constitutivos (1) El objeto vulnerado por el delito de detención ilegal es el derecho del ciudadano a la libertad personal. El derecho a la libertad personal es el derecho de los ciudadanos a controlar libremente sus actividades físicas según su propia voluntad, y es un derecho básico de los ciudadanos. Sólo las unidades autorizadas por la ley pueden privar a los ciudadanos de su libertad personal de conformidad con la ley, y ninguna unidad o individuo puede privar a los ciudadanos de su libertad personal. (2) Las manifestaciones objetivas del delito de detención ilegal incluyen: en primer lugar, el autor ha violado las leyes y reglamentos; en segundo lugar, el autor implementa la detención ilegal y priva intencionalmente a otros de su libertad personal; en tercer lugar, el autor tiene el resultado de privar ilegalmente; a otros de su libertad personal; en cuarto lugar, el autor priva ilegalmente a otros de su libertad personal mediante ataduras, detenciones, confinamientos, etc. (3) El tema del delito de detención ilegal es un tema general, incluyendo dos tipos de conductas de detención ilegal: los que no tienen derecho a detener y los que tienen derecho a detener y abusan de su poder. (4) El aspecto subjetivo del delito de detención ilegal es la intencionalidad, y la negligencia no constituye este delito. Es decir, el perpetrador sabe que su comportamiento privará ilegalmente a otros de su libertad personal y lo comete intencionalmente, y persigue activamente ese resultado. Los objetos del delito de trata de niños son las relaciones familiares ajenas y los derechos e intereses legítimos de los niños. Los objetivos del secuestro son menores de catorce años.

Objetividad jurídica:

Artículo 262 de la “Ley Penal” quien sustraiga a un menor de catorce años para dejar a su familia o tutor será sancionado con pena privativa de libertad de no menos de más de cinco años o prisión preventiva.