Defectos en el derecho de defensa en la nueva ley procesal penal
El artículo 42 de la nueva "Ley de Procedimiento Penal" estipula: "Los defensores o cualquier otra persona no ayudarán a los sospechosos o acusados de delitos a ocultar, destruir, falsificar pruebas ni confabularse para obtener confesiones, y no amenazarán ni inducirán a los testigos". dar falso testimonio o realizar otros actos que obstaculicen el proceso judicial. Si el defensor es sospechoso de haber cometido un delito en violación de lo dispuesto en el párrafo anterior, el caso será atendido por un organismo de investigación distinto al que lleva el caso. . Si el defensor es abogado, deberá notificarlo prontamente a su despacho. "Este reglamento cambia el original "abogado defensor y otros defensores" por "defensores o cualquier otra persona". Significa que los fiscales y jueces en la actividad judicial también deben asumir esta responsabilidad, pero ¿por qué sólo se identifica explícitamente al defensor? Algunos abogados creen que la ley de procedimiento penal de mi país debería estipular claramente la inmunidad de los abogados, lo que está en consonancia con las necesidades del desarrollo sano y a largo plazo de los procedimientos penales.