¿Cuánto tiempo lleva ejecutar primero o solicitar la ejecución obligatoria después de la garantía?
1. ¿Cuánto tiempo lleva preservar la propiedad antes de un litigio?
1. Después de aceptar una solicitud, el Tribunal Popular debe dictar sentencia en el plazo de 48 horas; si se le ordena tomar medidas cautelares, ésta debe ejecutarse de inmediato.
2. Para la preservación de la propiedad antes del litigio, el tribunal popular debe emitir un fallo dentro de las 48 horas y ejecutarlo inmediatamente. Para la preservación de la propiedad del litigio, el tribunal debe emitir un fallo dentro de las 48 horas solo en situaciones de emergencia. Además de cumplir con lo dispuesto en los artículos 106 y 107 de la Ley de Procedimiento Civil, los bienes cuya conservación se solicita deben realizarse después de que entre en vigor la sentencia del Tribunal Popular.
3. La preservación de la propiedad se refiere a que el tribunal popular tome medidas obligatorias para restringir la propiedad de las partes o el objeto de la disputa antes o después de que la parte interesada presente una demanda para garantizar que se puedan dictar sentencias efectivas en el futuro. ejecutarse o evitar pérdidas patrimoniales. Comportamiento disciplinario de las partes.
4. Según los artículos 100 y 101 de la Ley de Procedimiento Civil, la conservación de la propiedad se divide en conservación de la propiedad durante el litigio y conservación de la propiedad antes del litigio, además, también se estipula el sistema de conservación comportamental previa al litigio; en la Ley de Propiedad Intelectual.
En segundo lugar, primero se deben implementar las disposiciones pertinentes de la Ley de Procedimiento Civil.
1 Artículo 106: A solicitud de las partes, el Tribunal Popular podrá decidir ejecutar primero los siguientes casos. :
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(1) Recuperar pensiones alimenticias, manutención, honorarios de enfermería, pensiones y gastos médicos
(2) Recuperar remuneraciones laborales; >(3) Si la situación de emergencia requiere la ejecución anticipada.
2. Artículo 107 Si el tribunal popular decide ejecutar primero, deberá cumplir las siguientes condiciones:
(1) Los derechos y obligaciones entre las partes son claros, y no primero. se requiere ejecución. Afectará gravemente la vida o la producción y operación del solicitante;
(2) El demandado tiene la capacidad de realizar.
El Tribunal Popular podrá ordenar al solicitante la prestación de una garantía. Si el solicitante no puede aportar garantía, la solicitud será rechazada. Si el demandante pierde el proceso, deberá indemnizar al demandado por las pérdidas patrimoniales sufridas a causa de la ejecución anticipada.
3. Artículo 108,
Si el interesado no está satisfecho con la sentencia de conservación o ejecución anticipada, podrá solicitar la reconsideración por una sola vez. La ejecución del laudo no se suspenderá durante el período de revisión.
Si un interesado no solicita la conservación inmediatamente debido a una situación urgente, que causará un daño irreparable a sus derechos e intereses legítimos, podrá, antes de interponer una demanda o solicitar un arbitraje, solicitarlo a la lugar donde se encuentre el bien a conservar o donde esté domiciliado el demandado o el tribunal popular competente para tomar las medidas de preservación. El solicitante deberá aportar una garantía. Si no se aporta ninguna garantía, la solicitud será desestimada.
Si el solicitante no presenta una demanda o solicita arbitraje de conformidad con la ley dentro de los treinta días posteriores a la adopción de las medidas de preservación por parte del Tribunal Popular, el Tribunal Popular pondrá fin a la preservación.
En resumen, en la Ley de Enjuiciamiento Civil, para los casos de recuperación de alimentos, manutención, gastos médicos y casos de recuperación de remuneraciones laborales, los casos de emergencia pueden dictaminarse que se ejecuten primero. Si la sentencia se va a ejecutar primero, debe cumplir con los derechos claros de las partes y el demandado tiene la capacidad de ejecutarla. Si las partes interesadas no están satisfechas con la primera ejecución, podrán solicitar una reconsideración.