Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - ¿Los tramposos emocionales deberían llamar a la policía o contratar a un abogado?

¿Los tramposos emocionales deberían llamar a la policía o contratar a un abogado?

El engaño emocional es un asunto personal, pero si hay dinero o daños a la propiedad, puedes llamar a la policía.

¿Puedo optar por llamar a la policía si me encuentro con un delito de fraude matrimonial? Al parecer la policía puede manejarlo. Según el artículo 266 de la Ley Penal, quien defraude la propiedad pública o privada y la cuantía sea relativamente elevada, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, prisión penal o vigilancia pública, y también o únicamente multa; si la cantidad es enorme o concurren otras circunstancias graves, será condenado a tres años de prisión. El infractor será condenado a una pena de prisión de no menos de 10 años ni más de 10 años y también será multado si; la cantidad es especialmente elevada o concurren otras circunstancias especialmente graves, será condenado a una pena de prisión de duración determinada no inferior a diez años o a cadena perpetua y también se le impondrá una multa o se le confiscarán sus bienes.

El delito de fraude matrimonial es el acto de defraudar a otros de una gran cantidad de bienes inventando hechos u ocultando la verdad, lo que constituye un delito. El sujeto del delito de estafa es un sujeto general toda persona natural que haya alcanzado la mayoría de edad penal y tenga capacidad para ser penalmente responsable. Constituye sujeto de este delito.