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Asesoría legal - ¿Es el contrato de compraventa de la vivienda legalmente vinculante? El contenido del contrato de compraventa de la vivienda no es ilegal y tiene carácter jurídicamente vinculante siempre que ambas partes lo firmen y sellen. El contrato de compraventa de una casa es un acto jurídico civil y debe cumplir las siguientes condiciones: 1. Las partes del contrato deben cumplir con los requisitos de la materia. 2. Las partes que intervengan en la compraventa de la vivienda deberán expresar sus verdaderas intenciones. 3. La venta de viviendas no violará políticas, leyes, reglamentos e intereses sociales y públicos. Artículo 143 del Código Civil: Un acto jurídico civil es válido si reúne las siguientes condiciones: (1) El actor tiene la correspondiente capacidad para la conducta civil; (2) La expresión de la intención es verdadera; (3) No viola; las exigencias obligatorias de las leyes y reglamentos administrativos. Las normas sexuales no violan el orden público y las buenas costumbres. Artículo 469 Las partes pueden celebrar un contrato en forma escrita, oral u otras formas. La forma escrita se refiere a contratos, cartas, telegramas, télex, faxes y otras formas que puedan expresar tangiblemente el contenido de los mismos. Mensajes de datos que pueden expresar contenido de forma tangible a través del intercambio electrónico de datos, correo electrónico, etc. , y podrá ser recuperada en cualquier momento, se considerará realizada por escrito.
¿Es el contrato de compraventa de la vivienda legalmente vinculante? El contenido del contrato de compraventa de la vivienda no es ilegal y tiene carácter jurídicamente vinculante siempre que ambas partes lo firmen y sellen. El contrato de compraventa de una casa es un acto jurídico civil y debe cumplir las siguientes condiciones: 1. Las partes del contrato deben cumplir con los requisitos de la materia. 2. Las partes que intervengan en la compraventa de la vivienda deberán expresar sus verdaderas intenciones. 3. La venta de viviendas no violará políticas, leyes, reglamentos e intereses sociales y públicos. Artículo 143 del Código Civil: Un acto jurídico civil es válido si reúne las siguientes condiciones: (1) El actor tiene la correspondiente capacidad para la conducta civil; (2) La expresión de la intención es verdadera; (3) No viola; las exigencias obligatorias de las leyes y reglamentos administrativos. Las normas sexuales no violan el orden público y las buenas costumbres. Artículo 469 Las partes pueden celebrar un contrato en forma escrita, oral u otras formas. La forma escrita se refiere a contratos, cartas, telegramas, télex, faxes y otras formas que puedan expresar tangiblemente el contenido de los mismos. Mensajes de datos que pueden expresar contenido de forma tangible a través del intercambio electrónico de datos, correo electrónico, etc. , y podrá ser recuperada en cualquier momento, se considerará realizada por escrito.