La proporción entre personal de guardería y bebés y niños pequeños es
1. El vivero deberá contar con un local propio o con un plazo de arrendamiento no menor a 3 años. La selección del sitio de las guarderías debe seleccionar terrenos de construcción con buenas condiciones naturales y transporte conveniente, cumplir con los requisitos de protección de la salud y el medio ambiente, estar lejos de edificios, instalaciones y fuentes de contaminación que sean perjudiciales para el crecimiento de bebés y niños pequeños, y resistir terremotos. requisitos de resistencia, prevención de incendios y evacuación.
2. Los edificios de las instituciones de cuidado infantil deben cumplir con los estándares nacionales y los estándares de la industria para la construcción de ingeniería relevante, y tener salas de estar que cumplan con los requisitos estándar, y salas de administración de servicios y salas de suministros según sea necesario.
3. La decoración de la casa, las instalaciones, el equipo y los materiales decorativos de las instituciones de cuidado infantil deben cumplir con las normas nacionales de seguridad y calidad y las normas de protección ambiental pertinentes, y deben ser inspeccionadas y mantenidas periódicamente.
4. Las instituciones de cuidado infantil deben estar equipadas con muebles, electrodomésticos, juguetes, libros y artículos para juegos que cumplan con las características de edad de los bebés y niños pequeños, y cumplan con las normas nacionales de seguridad y calidad y las normas de protección ambiental pertinentes. .
5. Las instituciones de cuidado infantil deben estar equipadas con lugares al aire libre, instalaciones de juego apropiadas y las correspondientes instalaciones de protección de seguridad. Puede utilizar los espacios e instalaciones públicos cercanos si es seguro hacerlo.
6. Las instituciones de cuidado infantil deben establecer instalaciones y equipos de protección de seguridad que cumplan con los requisitos estándar.
7. Las instituciones de cuidado infantil deben determinar razonablemente la escala del cuidado de bebés y niños en función de las condiciones del sitio y estar equipadas con personal para la gestión integral, el cuidado infantil, la atención médica y la seguridad. La persona a cargo de una institución de cuidado infantil será responsable del trabajo integral, tendrá un título universitario o superior, tendrá más de tres años de experiencia en educación, salud y otros trabajos de gestión relacionados con el cuidado infantil, y habrá aprobado el capacitación laboral del responsable de la institución de cuidado infantil. Las enfermeras son las principales responsables del cuidado diario de los bebés y niños pequeños, organizando juegos y actividades, promoviendo la salud física y mental de los bebés y niños pequeños y desarrollando buenos hábitos de comportamiento. Las enfermeras deben tener experiencia en cuidado de bebés y niños o antecedentes profesionales relacionados, y estar capacitadas en cuidados de bebés y niños y conocimientos sobre salud mental. El personal de atención de la salud debe aprobar una capacitación en conocimientos profesionales de atención de la salud organizada por instituciones de atención de salud maternoinfantil. El personal de seguridad deberá obtener un certificado de guardia de seguridad emitido por el órgano de seguridad pública y ser enviado por una empresa de seguridad que haya obtenido una licencia de servicio de seguridad del órgano de seguridad pública.
8. Las instituciones de cuidado infantil generalmente tienen tres clases: clase infantil (6-12 meses, menos de 10 estudiantes), clase pequeña (12-24 meses, menos de 15 estudiantes) y clases grandes (24-24 meses). 36 meses, menos de 20 estudiantes). Los bebés mayores de 18 meses pueden asistir a clases mixtas, con un máximo de 18 personas en cada clase. La unidad de vivienda de cada clase debe usarse de forma independiente.
9. La proporción entre enfermeras y bebés no debe ser inferior a los siguientes estándares: 1:3 en las clases de educación infantil, 1:5 en las clases de guardería y 1:7 en las clases de guardería.
10. Dotar de personal sanitario y de cocina de acuerdo con la normativa vigente en materia de atención sanitaria infantil.
11. Las instituciones de cuidado infantil independientes deben tener al menos un guardia de seguridad de guardia.
Base legal:
Estándares para el establecimiento de instituciones de cuidado infantil (prueba)
El artículo 1 es establecer instituciones de cuidado infantil profesionales y estandarizadas, de acuerdo con las leyes y leyes pertinentes. reglamentos y los "Dictamenes Orientadores de la Oficina General del Consejo de Estado para la Promoción del Desarrollo de los Servicios de Cuidado Infantil de Lactantes y Niños Pequeños Menores de 3 Años" para formular esta norma.
Artículo 2 El establecimiento de instituciones de cuidado infantil se ajustará a los principios de orientación política, prioridad al beneficio universal, seguridad y salud, normas científicas, gestión territorial y orientación clasificada.
Artículo 3: Aprovechar plenamente el papel decisivo del mercado en la asignación de recursos, alentar y apoyar a las fuerzas sociales para establecer instituciones de cuidado infantil de diversas maneras.
Artículo 4 Esta norma se aplica a las instituciones que han sido registradas y archivadas en los departamentos pertinentes de conformidad con la ley, y cuyos profesionales brindan atención de día completo, atención de medio día, atención regular y otros servicios de atención para Lactantes y niños pequeños menores de 3 años.
Artículo 5 El establecimiento de instituciones de cuidado infantil deberá planificarse científicamente y diseñarse razonablemente de acuerdo con planes de desarrollo urbano y rural, combinados con factores como la población, el transporte, el medio ambiente, etc.
Artículo 6: Las áreas residenciales de nueva construcción deberán planificar y construir residencias proporcionales al tamaño de la población permanente. En las ciudades antiguas y en las zonas residenciales establecidas, se deben adoptar diversos métodos para construir y mejorar las instalaciones de servicios de cuidado de bebés y niños para satisfacer las necesidades de los residentes.
La construcción de instituciones urbanas de cuidado infantil debe considerar plenamente las necesidades de los hijos de los trabajadores migrantes.
Artículo 7: Aprovechar plenamente las funciones de los servicios de cuidado infantil de las instalaciones de servicios públicos comunitarios urbanos y rurales y fortalecer la conexión funcional entre las instalaciones de servicios comunitarios de cuidado infantil y los centros (estaciones) de servicios comunitarios y la salud comunitaria. cultura, deportes y otras instalaciones.
Apoyar y orientar a las fuerzas sociales para establecer instituciones de cuidado infantil basadas en las comunidades.
Artículo 8 En la construcción de instalaciones de servicios integrales en comunidades rurales, la construcción de instalaciones de servicios de cuidado infantil debe considerarse como una consideración general.
Artículo 9 Las instituciones de cuidado infantil tendrán locales propios o arrendados, y el plazo de arrendamiento no será inferior a 3 años.
Artículo 10 Los edificios de las instituciones de cuidado infantil de nueva construcción deberán cumplir con las normas nacionales pertinentes y los estándares industriales para la construcción de ingeniería, seleccionar terrenos de construcción con buenas condiciones naturales, transporte conveniente, cumplir con los requisitos de protección de la salud y el medio ambiente y mantenerse alejados. de efectos nocivos sobre el crecimiento de bebés y niños pequeños Edificios, instalaciones y fuentes de contaminación peligrosos.
Artículo 11 La reconstrucción y ampliación de las instituciones de cuidado infantil se realizará sobre la base de los edificios originales. El edificio original debe ser legal, cumplir con las normas, ser seguro y confiable, y cumplir o modificarse para cumplir con los requisitos de resistencia a terremotos, prevención de incendios y evacuación.
Artículo 12 Las instituciones de cuidado infantil deberán establecer salas de estar estándar (comedor, área para dormir, área de juegos, baño, área de almacenamiento, etc.) para bebés y niños pequeños, y el área utilizable per cápita no será menos de 3_ .
Quienes cuidan a bebés menores de 2 años deben habilitar salas maternas e infantiles y áreas de preparación de leche que cumplan con los requisitos pertinentes.
Según sea necesario se pueden habilitar salas de gestión de servicios (clínicas, oficinas, salas de seguridad, etc.) y salas de apoyo logístico (cocinas, almacenes, salas de desinfección, etc.).
Artículo 13 Las instituciones de cuidado infantil deben estar equipadas con muebles, electrodomésticos, juguetes, libros y artículos de juego que cumplan con las características de edad de los bebés y niños pequeños, y cumplan con las normas nacionales de seguridad y calidad y las normas de protección ambiental.
Artículo 14 Las instituciones de cuidado infantil deben tener lugares para actividades al aire libre, equipados con juguetes e instalaciones de juego al aire libre apropiados, con un área per cápita de no menos de 2_, y contar con las medidas de protección de seguridad correspondientes.
Bajo la premisa de garantizar la seguridad, se podrán utilizar los espacios públicos cercanos a la institución.
Artículo 15 Las instituciones de cuidado infantil deberán establecer instalaciones y equipos de protección de seguridad que cumplan con las normas.
Artículo 16 Las instituciones de cuidado infantil asignarán razonablemente personal para la gestión integral, el cuidado infantil, la atención médica, la seguridad y el apoyo logístico en función de las condiciones del lugar y la escala de bebés y niños pequeños.
La persona a cargo de una institución de cuidado infantil deberá ser responsable del trabajo integral, deberá tener un título universitario o superior, tener más de 3 años de experiencia en educación de cuidado infantil, salud y otras gestión relacionadas. trabajo, y haber superado la capacitación laboral del responsable de la institución de cuidado infantil.
Las enfermeras son las principales responsables del cuidado, la lactancia y el mantenimiento de los bebés y niños pequeños. Deben tener experiencia profesional en el cuidado de bebés y niños y haber recibido educación y capacitación pertinentes en el cuidado de bebés y niños.
Las enfermeras son las principales responsables de cuidar la vida diaria de los bebés y ayudar a los trabajadores del cuidado infantil. Las enfermeras deben tener educación secundaria básica o superior y recibir formación profesional en cuidado de bebés y niños.
Los trabajadores de la salud deben tener educación media o secundaria técnica y haber recibido capacitación profesional en salud organizada por instituciones de atención de salud maternoinfantil.
Los guardias de seguridad deben obtener un certificado de guardia de seguridad emitido por el órgano de seguridad pública y ser enviados por una empresa de seguridad que haya obtenido una licencia de servicio de seguridad del órgano de seguridad pública.
Artículo 17 Cada institución independiente de cuidado infantil no aceptará más de 150 bebés.
Artículo 18 Generalmente hay tres clases: clase de jardín de infantes (de 6 a 12 meses, con menos de 10 personas), clase de jardín de infantes (de 12 a 24 meses, con menos de 15 personas) y clase de jardín de infantes (de 24 a 24 meses, con menos de 15 personas). 36 meses, menos de 20 personas).
Los bebés mayores de 18 meses podrán estar en clases mixtas, no habiendo más de 18 personas en cada clase.
El salón de cada clase debe ser una unidad independiente.
Artículo 19 La proporción entre personal de guardería y enfermeras por infantes no debe ser inferior a: 1:3 para las clases de infantes, 1:5 para las clases de guardería pequeñas y 1:7 para las clases de guardería grandes. Cada clase tiene al menos 1 cuidador.
Artículo 20: De acuerdo con la normativa pertinente sobre atención de la salud en las guarderías, el personal de salud y los cocineros serán asignados razonablemente.
Artículo 21 Cada institución independiente de cuidado infantil deberá tener al menos 65438 guardias de seguridad de servicio. Capítulo 5 Funciones y Responsabilidades
Artículo 22 Las instituciones de cuidado infantil brindarán servicios de cuidado infantil profesionales, estandarizados, seguros y saludables con base en las características de crecimiento y desarrollo de los bebés y niños pequeños de diferentes meses de edad, y promoverán el desarrollo temprano. del desarrollo de los lactantes y niños pequeños.
Artículo 23 Las instituciones de cuidado infantil establecerán entornos y condiciones de vida apropiados, proporcionarán actividades, comidas, sueño, limpieza y otros servicios que satisfagan las necesidades fisiológicas y psicológicas y las características de crecimiento y desarrollo de los bebés y niños pequeños. y proporcionar a los bebés y niños pequeños arreglos para la vida diaria.
Artículo 24 Las instituciones de cuidado infantil deben seguir las reglas de desarrollo fisiológico, psicológico y cognitivo de los bebés y niños pequeños de diferentes meses de edad, organizar actividades con el juego como forma principal, respetar plenamente las diferencias individuales y educar a través de la diversión. .
Artículo 25 Las instituciones de cuidado infantil observarán la dieta, el sueño y otras condiciones de vida y salud de los bebés y niños pequeños durante todo el día, mantendrán registros diarios del cuidado y proporcionarán comentarios a los tutores cuando sea necesario.
Artículo 26 Las instituciones de cuidado infantil cooperarán con el departamento de salud en la prevención y el control de enfermedades, la gestión de la salud infantil y infantil, etc.
Artículo 27 Las instituciones de cuidado infantil podrán utilizar Internet y otras tecnologías de la información para proporcionar servicios científicos de orientación sobre el cuidado infantil a familias y comunidades a través de orientación familiar, actividades entre padres e hijos, clases para padres, etc.