Actos jurídicos con validez indeterminada
1. Los actos jurídicos civiles cuya validez sea indeterminada se confirmarán mediante la ratificación del mandante o la revocación de la contraparte de buena fe. Si el agente lo ratifica, el acto jurídico civil es válido; si no lo ratifica, será nulo; Sin embargo, si la contraparte de buena fe revoca el acto jurídico civil, éste también será inválido. 2. Según lo dispuesto en el artículo 171 del Código Civil, si un actor no tiene poder de mandato, se excede en el poder de mandato o continúa realizando actos de mandato después de extinguido el poder de mandato, no será responsable. al mandante sin la ratificación del mandante. La contraparte podrá instar al comitente para que lo ratifique dentro de los treinta días siguientes a la fecha de recepción de la notificación. Si el mandante no hace declaración, se entenderá como negativa a ratificar. Antes de que se ratifique el acto realizado por el autor, la contraparte de buena fe tiene derecho a revocarlo. La revocación se efectuará mediante notificación.
Objetividad jurídica:
Artículo 171 de los “Principios Generales del Derecho Civil de la República Popular China”* Como agente, si no es ratificado por el mandante, no tendrá efecto contra el mandante. La contraparte podrá instar al comitente para que lo ratifique dentro de los treinta días siguientes a la fecha de recepción de la notificación. Si el mandante no hace declaración, se entenderá como negativa a ratificar. Antes de que se ratifique el acto realizado por el autor, la contraparte de buena fe tiene derecho a revocarlo. La revocación se efectuará mediante notificación. Si el acto realizado por el actor no ha sido ratificado, la contraparte de buena fe tiene derecho a exigir al actor el cumplimiento de la deuda o a exigirle la reparación del daño sufrido. Sin embargo, el alcance de la compensación no excederá los beneficios que la contraparte pueda obtener al ser ratificada por el agente. Si la contraparte sabe o debería saber que el autor no tiene autoridad para actuar, la contraparte y el autor serán responsables por sus respectivas faltas.