Alcance de las medidas de investigación técnica
1. Delitos que pongan en peligro la seguridad nacional, actividades terroristas, delitos organizados de carácter mafioso, delitos graves relacionados con las drogas u otros casos penales que pongan en grave peligro a la sociedad;
2. Casos importantes de corrupción y soborno y casos penales importantes en los que se vulneran gravemente los derechos personales de los ciudadanos al aprovecharse de sus poderes;
3. acusados que sean buscados o hayan sido aprobados o decididos para ser arrestados.
Base legal: Requisitos de implementación de medidas técnicas de investigación en el artículo 152 del Poder Judicial de Procedimiento Penal.
Las medidas de investigación técnica deberán tomarse estrictamente de acuerdo con los tipos de medidas aprobados, objetos aplicables y plazos. Los investigadores mantendrán la confidencialidad de los secretos de estado, los secretos comerciales y la privacidad personal que conozcan durante el proceso de adopción de medidas de investigación técnica. Los materiales no relacionados con el caso obtenidos mediante métodos de investigación técnica deben ser destruidos de manera oportuna.
Los materiales obtenidos a través de medidas técnicas de investigación sólo podrán utilizarse para la investigación, enjuiciamiento y juzgamiento de delitos y no podrán utilizarse para otros fines.
Cuando los órganos de seguridad pública toman medidas de investigación técnica de conformidad con la ley, las unidades y personas relevantes deben cooperar y mantener la información relevante confidencial.