Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - ¿En qué aspectos se debe aclarar la situación jurídica de los docentes?

¿En qué aspectos se debe aclarar la situación jurídica de los docentes?

En primer lugar, la "Ley de Maestros" y la "Ley de Educación" se han promulgado una tras otra, dando a "maestros" un significado legal específico.

En segundo lugar, legalmente los profesores tienen dos identidades. Por un lado, son ciudadanos comunes; por otro, son profesionales dedicados a la educación. (Estatuto legal)

En tercer lugar, "maestros" en el sentido legal se refiere a profesionales que desempeñan tareas educativas y docentes, asumen la misión de enseñar y educar a las personas, cultivar constructores y sucesores de la causa socialista y mejorar la calidad del personal. (Estatus legal)

Entonces, ¿en qué aspectos se debe aclarar el estatus legal de los docentes?

En primer lugar, los profesores de los centros de educación obligatoria deberían incluirse en la función pública. A juzgar por las disposiciones de las leyes vigentes, los docentes reúnen las calificaciones de los funcionarios públicos y pueden ser incluidos en la función pública. A juzgar por las disposiciones específicas de la Ley del Profesorado, la profesión docente se ajusta básicamente a las disposiciones de la Ley de la Función Pública. Por supuesto, la inclusión de docentes en la administración pública tendrá impactos sociales de gran alcance y puede ir acompañada de algunos problemas nuevos. Por ejemplo, después de la implementación del sistema de servicio civil docente en las escuelas primarias y secundarias públicas, los docentes de otras escuelas y grupos profesionales relacionados pueden competir entre sí. Para integrar a los docentes en el sistema de servicio civil, también debemos formular condiciones de acceso, estándares salariales y métodos de gestión más estrictos y unificados, y coordinar los estándares salariales y métodos de gestión que se han formado en varios lugares desde una perspectiva política. Se debe prestar atención a estas situaciones al formular y ejecutar este plan, y se deben hacer planes.

El segundo es establecer un sistema de servicio civil educativo. Debido a que la Ley de Servicio Civil no estipula que los docentes sean funcionarios públicos nacionales, la incorporación directa de docentes al servicio civil puede enfrentar dificultades legislativas. Si la idea anterior es difícil de realizar por el momento, podemos considerar establecer un sistema de servicio civil de educación independiente directamente a través de una legislación basada en la Ley de Servicio Civil. La función básica del sistema de servicio civil educativo es estandarizar y ajustar la relación entre el gobierno y los docentes y asegurar la realización del carácter público de la profesión docente. El establecimiento de un sistema de funcionarios de educación separado puede tener en cuenta el carácter oficial y el profesionalismo de las actividades educativas y docentes, y favorece el mantenimiento de la continuidad y estabilidad del equipo docente y la creación de un equipo de docentes de buena calidad y estructura razonable. y relativa estabilidad.

El tercero es incluir a los docentes como personal nacional. En realidad, ya sea que integremos a los docentes en la administración pública o establezcamos una administración pública educativa independiente, enfrentaremos problemas legislativos inevitables. Para garantizar el carácter oficial de la profesión docente, si resulta difícil integrar directamente a los docentes en la función pública o establecer un sistema de administración pública educativa independiente en un futuro próximo, las políticas y la legislación educativas deberían seguir promoviendo activamente la creación de puestos de docentes. estatus como trabajadores estatales en lugar de posicionar a los docentes como trabajadores ordinarios o autónomos. Aunque este enfoque no puede resolver fundamentalmente todos los problemas relacionados con la condición de docente, aún puede garantizar la naturaleza oficial de la profesión docente desde el fondo y no tratará a los docentes como autónomos.