Estoy involucrado en la industria de la educación y la capacitación. Cambié de trabajo, pero firmé un contrato de no competencia. ¿Es esto ilegal?
El comportamiento corporativo es legal.
1. La no competencia es una cláusula de no competencia acordada por el empleador en el contrato de trabajo, acuerdo de propiedad de derechos de propiedad intelectual o acuerdo de confidencialidad tecnológica para el empleado que es responsable de guardar los secretos comerciales del empleador, es decir. : Dentro de un cierto período después de la terminación o rescisión del contrato laboral, los empleados no trabajarán para un empleador que produzca productos similares, opere negocios similares o tenga otras relaciones competitivas, ni podrán producir productos similares ni operar negocios similares que compitan con la unidad original. El plazo será acordado previamente por las partes, pero no excederá de dos años. La cláusula de no competencia es una cláusula de eficacia retardada en el contrato de trabajo, es decir, la cláusula comienza a surtir efectos después de que las demás cláusulas del contrato de trabajo hayan dejado de ser jurídicamente vinculantes.
2.
Remuneración
(1) El empleador y el empleado que tienen la obligación de guardar secretos comerciales del empleador tienen un impacto económico en el Acuerdo de competencia. Si hay acuerdo sobre el nivel de compensación y la forma de pago, prevalecerá el acuerdo. Si el empleador no paga la compensación económica estipulada en el acuerdo por motivos justificados y aún así no paga a petición del empleado, éste podrá rescindir el acuerdo de no competencia.
(2) Si el acuerdo de no competencia no estipula la norma y forma de pago de la compensación económica, el trabajador podrá exigir al empleador el pago de una compensación económica. Si surge un conflicto entre las dos partes, puede resolverse según los procedimientos de solución de conflictos laborales. Si el empleador requiere que el empleado continúe cumpliendo el acuerdo de no competencia, deberá pagar una compensación económica única de acuerdo con los estándares confirmados por la agencia de solución de conflictos laborales y el período de no competencia acordado por ambas partes, y el el empleado deberá continuar cumpliendo con las obligaciones de no competencia; el empleador renuncia si hay un requisito de no competencia por el período restante, la compensación económica por la parte cumplida se pagará de acuerdo con el estándar confirmado por la agencia de resolución de conflictos laborales.
(3) Antes de que el acuerdo de no competencia entre en vigor o durante su ejecución, si el empleador renuncia al requisito de restricciones de no competencia a los empleados, deberá notificarlo a los empleados con un mes de anticipación.