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¿Cuáles son los crímenes contra los mafiosos y el mal?

Los principales delitos involucrados en los crímenes del inframundo son: el delito de provocar peleas y provocar problemas, el delito de transacciones forzadas, el delito de reunir una multitud para luchar, el delito de reunir una multitud para alterar el orden social y el delito de extorsión. 1. El delito de provocar riñas y provocar disturbios se refiere a la conducta de provocar, golpear, acosar arbitrariamente a otros, o dañar o apropiarse indebidamente de bienes públicos o privados, en circunstancias graves o atroces, o causar disturbios en lugares públicos y causar desorden grave. en lugares públicos. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 293 del Código Penal de mi país, quienes cometan el delito de provocar riñas y provocar disturbios serán sancionados con pena privativa de libertad no superior a cinco años, prisión preventiva o vigilancia pública. 2. El delito de transacción forzosa se refiere a la conducta grave de personas físicas o unidades que compran y venden bienes, obligando a otros a prestar servicios o obligando a otros a aceptar servicios mediante violencia o amenazas. Según el artículo 226 del Código Penal de mi país, toda persona natural que cometa el delito de comercio forzoso será sancionada con pena privativa de libertad no mayor de tres años o prisión preventiva, y también o únicamente con multa. 3. El delito de reunirse para luchar se refiere al acto de reunir una multitud para luchar y alterar el orden público con el fin de tomar represalias contra otros, luchar por hegemonía u otros fines indebidos. Según el artículo 292 de la "Ley Penal" de mi país, los cabecillas y demás participantes activos que cometan este delito serán sancionados con pena privativa de libertad no superior a tres años, detención o control penal si el delito tiene un impacto social negativo; y cause desorden social grave, los cabecillas y demás participantes activos serán condenados a pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años. 4. El delito de reunión de multitud para alterar el orden social se refiere al acto de reunir una multitud para perturbar el orden social, cuando las circunstancias son graves, imposibilitando la realización de trabajos, producciones, negocios, enseñanza e investigación científica, y causando graves pérdidas. Según el artículo 290 de la Ley Penal de mi país, los cabecillas que cometan este delito serán sancionados con pena privativa de libertad no menor de tres años pero no mayor de siete años; los demás que participen activamente serán condenados a pena privativa de libertad de no menos de tres años; no más de tres años, detención penal, vigilancia pública o privación de derechos políticos. 5. El delito de extorsión se refiere al delito de posesión ilegal, amenazar al propietario o custodio de bienes con una infracción futura, tomar posesión de una gran cantidad de bienes en el acto o en el futuro, o amenazar con violencia en el acto para obligar a víctima a entregar una gran cantidad de propiedad en el futuro. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 274 del Código Penal de mi país, si la cantidad es relativamente elevada, la persona será condenada a pena de prisión de duración determinada no superior a tres años, detención penal o vigilancia si la cantidad es elevada o hay; En otras circunstancias graves, la persona será condenada a una pena de prisión de duración determinada no inferior a tres años ni superior a diez años.

Base jurídica

Ley penal de la República Popular China

Artículo 120: Quien organice, lidere, se una a una organización terrorista o lidere una organización terrorista será con pena privativa de libertad no menor de diez años o cadena perpetua, y decomiso de bienes, a quienes participen activamente se les impondrá pena privativa de libertad no menor de tres años pero no mayor de diez años, y también; los demás participantes serán sancionados con pena privativa de libertad no superior a tres años, detención penal, vigilancia pública o privación de derechos políticos, pudiendo también ser condenados a pena privativa de libertad no inferior a tres años pero no; más de diez años y multa. El que cometa el delito del párrafo anterior y además cometa el delito de asesinato, explosión, secuestro, etc., será castigado conforme a las disposiciones de la pena concurrente para delitos múltiples.