¿Qué debe hacer el propietario de la licitación si descubre que el postor ganador ha proporcionado materiales falsos?
Según lo dispuesto en la "Ley de Licitaciones y Subastas": "Artículo 54 Si un postor puja en nombre de otra persona o utiliza otros métodos para engañar y ganar la oferta, su oferta será inválida y si el postor causa pérdidas, será responsable de la compensación según la ley, constituye un delito. Si un postor puja en nombre de otra persona o utiliza otros métodos para ganar la oferta de manera fraudulenta, la oferta será inválida. Si se comete un delito, se perseguirá la responsabilidad penal; de conformidad con la ley; si no constituye delito, el postor será sancionado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley de Licitaciones si el postor no logra ganar la licitación de un proyecto que debe ser licitado; Según la ley, el monto de la multa impuesta a la unidad se basará en el monto de la licitación. La proporción estipulada en la Ley de Licitaciones se calcula en función del monto del contrato del proyecto de licitación.
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Materiales de referencia:
Plataforma de servicios de licitación pública de China “Sala de conferencias sobre licitaciones y adquisiciones” y “Políticas y regulaciones”