¿Puedo recibir subsidio de maternidad después de pagar la seguridad social en la unidad afiliada?
Base legal: el artículo 53 de la "Ley de Seguro Social" estipula que los empleados deben participar en el seguro de maternidad. El empleador deberá pagar las primas del seguro de maternidad de acuerdo con las regulaciones nacionales, y los empleados no deberán pagar primas del seguro de maternidad. Artículo 54: Si el empleador ha pagado un seguro de maternidad, sus empleadas disfrutarán de las prestaciones del seguro de maternidad; los cónyuges de las empleadas desempleadas disfrutarán de los gastos médicos de maternidad de conformidad con las normas nacionales. Los fondos necesarios se pagan con cargo al fondo del seguro de maternidad. Las prestaciones del seguro de maternidad incluyen los gastos médicos de maternidad y las prestaciones por maternidad.
¿Cómo realizar asientos contables para la seguridad social?
1. Al pagar el seguro social:
Débito: salarios de los empleados a pagar - primas del seguro social (parte unitaria),
Otras cuentas por cobrar (pago) - seguro social primas (parte personal),
Préstamos: depósitos bancarios.
2. Al retirar:
Préstamo: comisión de gestión - prima del seguro social (parte unitaria),
Préstamo: salarios de los empleados a pagar - prima del seguro social (parte unitaria) parte) parte).
3. Al pagar salarios:
Préstamos: Cuentas por pagar - salarios (por pagar),
Préstamos: otras cuentas por cobrar (dinero) - primas de seguro social (Personales) parte) Efectivo disponible (importe real incurrido).