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Interpretación de las enfermeras de las leyes y reglamentos relacionados con la enfermería

Análisis jurídico: 1. Derechos de las enfermeras:

(1) El derecho a ejercer y el derecho a recibir un salario, disfrutar de prestaciones sociales y participar en el seguro social de conformidad con las normas pertinentes.

(2) Derecho a obtener seguridad sanitaria y servicios de atención médica acordes a su labor de enfermería.

Los enfermeros que estén en contacto directo con sustancias tóxicas y nocivas y que estén en riesgo de contraer enfermedades infecciosas tienen derecho a recibir vigilancia de salud ocupacional de conformidad con lo dispuesto en las leyes y reglamentos administrativos pertinentes de quienes las padezcan; de enfermedades profesionales tienen derecho a recibir supervisión de salud ocupacional de conformidad con las disposiciones de las leyes y reglamentos administrativos pertinentes. Derecho a indemnización.

(3) El derecho a obtener puestos y títulos profesionales y técnicos correspondientes a sus capacidades profesionales y nivel académico; el derecho a participar en la formación profesional, participar en investigaciones e intercambios académicos y unirse a asociaciones industriales y profesionales; grupos académicos.

(4) El derecho a obtener diagnóstico de enfermedades, tratamiento, enfermería y otra información relacionada con el desempeño de las funciones de enfermería, y el derecho a emitir opiniones y sugerencias sobre el trabajo de las instituciones médicas y de salud y de las autoridades sanitarias. .

2. Obligaciones del enfermero:

(1) Obligación de cumplir las leyes, reglamentos, normas y especificaciones técnicas para el diagnóstico y tratamiento.

(2) Si un paciente se encuentra en estado crítico, estará obligado a notificar al médico inmediatamente en caso de emergencia, primero se salvará la vida del paciente moribundo y el paciente; El paciente estará obligado a realizar en primer lugar las operaciones de rescate médico de urgencia necesarias y eficaces.

Si se descubre que una orden médica viola leyes, reglamentos, normas o especificaciones técnicas para el diagnóstico y tratamiento, estamos obligados a informarlo oportunamente al médico que emitió la orden médica si es necesario; , también debemos informar al responsable del departamento donde trabaja el médico o a la dirección del servicio médico de la institución médica y de salud.

(3) Obligación de respetar, cuidar y amar a los pacientes, y proteger su privacidad.

(4) Obligación de participar en la salud pública y en la prevención y control de enfermedades.

Base jurídica: "Reglamento de Enfermería"

Artículo 7 Las enfermeras deberán realizar el registro de práctica y obtener un certificado de práctica de enfermería.

Para solicitar el registro de enfermero practicante deberá cumplir con las siguientes condiciones:

(1) Tener plena capacidad para la conducta civil

(2) Estudiar en; escuelas y colegios de secundaria vocacional Completar más de 3 años de cursos profesionales generales a tiempo completo en enfermería, partería, etc., incluidos más de 8 meses de práctica clínica de enfermería en hospitales docentes y generales, y obtener los certificados académicos correspondientes;

(3) Aprobado por el examen de calificación de enfermera del Consejo de Estado organizado por la autoridad sanitaria;

(4) Cumplir con los estándares de salud prescritos por la autoridad sanitaria del Consejo de Estado.

La solicitud de registro de enfermero practicante deberá presentarse dentro de los 3 años siguientes a la fecha de aprobación del examen de calificación de enfermero practicante; si la solicitud se presenta después de la fecha límite, la solicitud no cumplirá las condiciones especificadas en los puntos ( 1), (2) y (4) del párrafo anterior, además, deberán recibir también tres meses de formación en enfermería clínica en una institución médico-sanitaria que cumpla con las condiciones estipuladas por la autoridad sanitaria del Consejo de Estado, y aprobar. la evaluación. Las medidas para el examen de calificación de enfermeras serán formuladas por el departamento administrativo de salud del Consejo de Estado junto con el departamento de personal del Consejo de Estado.

Artículo 8 Quienes soliciten el registro de práctica de enfermería deberán presentar una solicitud ante la autoridad sanitaria que haya aprobado el establecimiento de una institución de práctica médica o la haya registrado. El departamento de salud competente que reciba la solicitud deberá resolver dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la misma, quienes cumplan con las condiciones previstas en este reglamento podrán registrarse y expedir un certificado de práctica de enfermería; que cumplan los requisitos de estas normas no serán registrados, y explicarán los motivos por escrito.

El registro de enfermero practicante tiene una vigencia de 5 años.

Artículo 9 Si una enfermera cambia de lugar de práctica dentro del período de vigencia de su registro de práctica, deberá informar o presentar un informe a la autoridad sanitaria establecida por la institución médica que aprobó su práctica. La autoridad sanitaria que reciba el informe deberá tramitar los trámites de cambio dentro de los 7 días hábiles siguientes a la fecha de recepción del informe. Si una enfermera cambia de lugar de práctica entre provincias, regiones autónomas o municipios directamente dependientes del Gobierno Central, la autoridad sanitaria que reciba el informe también lo notificará al departamento de registro original.