Según (), las relaciones jurídicas se pueden dividir en relaciones jurídicas regulatorias y relaciones jurídicas protectoras.
Según el estatus mutuo de los sujetos de la relación jurídica, las relaciones jurídicas se pueden dividir en dos categorías: una es la relación jurídica de administración de propiedad igual, es decir, los sujetos de la relación jurídica son iguales y no tienen relación subordinada, como las relaciones jurídicas civiles. Según el grado de concreción de las relaciones jurídicas, se pueden dividir en relaciones jurídicas generales y relaciones jurídicas específicas. Las relaciones jurídicas específicas se pueden dividir en relaciones jurídicas absolutas y relaciones jurídicas relativas basadas en la concreción unilateral del sujeto o en la concreción de ambas partes. Según la creación de relaciones jurídicas, la posibilidad de utilizar sanciones legales se puede dividir en relaciones jurídicas regulatorias y relaciones jurídicas protectoras.