Cómo certificar ante notario la venta de una casa
1. Presentar una solicitud de notario y un certificado de identidad personal a la agencia notarial, y proporcionar un poder si es necesario. Confíe a otros para que lo manejen en su nombre. También debe proporcionar un acuerdo o contrato de venta de casa notariado y otros materiales requeridos por la agencia notarial.
2. Después de recibir la solicitud de certificación notarial, la notaría la aceptará en el momento oportuno de conformidad con la ley. Si se cumplen las condiciones, se enviará una notificación de aceptación al solicitante. El solicitante o su agente deberá firmar el acuse de recibo.
3. Los solicitantes de notariado deberán pagar los honorarios de notariado de acuerdo con las normas de la institución notarial.
4. Una vez que la notaría acepte la solicitud de notarización, asignará un notario para verificar los asuntos de notarización y los materiales de certificación pertinentes.
5. Si la institución notarial considera que las materias solicitadas para la escrituración cumplen con las disposiciones de la Ley Notarial, estas normas y las normas de certificación pertinentes, deberá expedir un certificado de escrituración al solicitante dentro de los 15 días siguientes a su aceptación. la aplicación.
Base jurídica: Normas procesales de notarización
Artículo 17 Cuando una persona física, jurídica u otra organización solicite la notarización, deberá cumplimentar el formulario de solicitud de notarización. El formulario de solicitud de notarización debe contener el siguiente contenido: (1) Información básica del solicitante y su agente (2) Asuntos a tratar para la notarización y el propósito de la notarización (3) Nombre del documento solicitado para la notarización; (4) Nombre del documento a presentar y número de copias y los nombres, direcciones e información de contacto de los testigos relevantes; (5) Fecha de solicitud (6) Otras circunstancias que deben explicarse; El solicitante deberá firmar o sellar el formulario de solicitud. Si el formulario de solicitud no puede firmarse ni sellarse, el propio solicitante deberá tomar las huellas dactilares del formulario de solicitud.
Artículo 18 Cuando una persona natural, persona jurídica u otra organización solicite la certificación notarial, deberá presentar los siguientes materiales: (1) El certificado de identidad de la persona natural, el certificado de calificación de la persona jurídica y el certificado de identidad de su representante legal, certificado de calificación de otras organizaciones y de su responsable. Prueba de identidad personal (2) Si se encomienda la solicitud a otra persona, el agente deberá presentar un poder del interesado y del representante legal; el agente u otro agente deberá presentar un poder (3) Documentos para la solicitud de certificación notarial (4) Solicitud de certificación notarial Si los materiales de certificación involucran derechos de propiedad, se deberán presentar los certificados de derechos de propiedad relevantes; la notarización importa.
Artículo 20 Después de aceptar la solicitud de escrituración, la institución notarial emitirá un aviso de aceptación al solicitante. El solicitante o su agente deberá firmar el acuse de recibo.
Artículo 22: Luego de aceptada la solicitud de notariado, la institución notarial cobrará a las partes los honorarios de notario de conformidad con la reglamentación. Una vez completada la certificación notarial, si los honorarios de certificación notariales aprobados no coinciden con el monto recibido por adelantado, se llevarán a cabo procedimientos de reembolso o recuperación. Para las partes que reúnan las condiciones para obtener asistencia jurídica gratuita, la agencia notarial reducirá o eximirá los honorarios notariales de conformidad con la reglamentación.
Artículo 23: La notaría, aceptada la solicitud de escrituración, designará un notario para tramitar la escrituración y notificar a los interesados. Si la parte solicita al notario que se recuse, y si se determina que el notario debe recusarse según lo previsto en el párrafo 3 del artículo 23 de la Ley del Notariado, la notaría reasignará a otro notario para que se encargue del asunto.
Artículo 27 La notaría podrá verificar la información relevante y los materiales de soporte del asunto notarial mediante los siguientes métodos: (1) Verificación mediante interrogatorio a las partes e interesados del asunto notarial; (2) Verificación mediante; interrogar a los testigos Verificación (3) Conocer la situación relevante de las unidades o personas pertinentes o verificar y recopilar pruebas documentales, pruebas físicas, materiales audiovisuales y otros materiales de apoyo pertinentes (4) Pasar la inspección y verificación in situ; ) Encomendar a instituciones o profesionales profesionales la realización de tasaciones, inspecciones, pruebas y traducciones.
Artículo 35 Si la institución notarial considera que las materias solicitadas para la escrituración cumplen con las disposiciones de la Ley Notarial, estas normas y las normas de identificación correspondientes, expedirá acta de escrituración a favor de la parte dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de aceptación. Por causas de fuerza mayor, soportes complementarios o necesidad de verificar circunstancias relevantes, el tiempo requerido no se incluirá en el plazo señalado en el párrafo anterior, y se informará oportunamente a las partes.