Encontré una cura para una enfermedad de la piel hasta ahora intratable. ¿Cómo puedo patentar este descubrimiento y beneficiarme de él?
El artículo 25 de la Ley de Patentes no otorga derechos de patente sobre los siguientes artículos:
(1) Descubrimientos científicos;
(2) Reglas y métodos de las actividades intelectuales;
(3) Métodos de diagnóstico y tratamiento de enfermedades;
(4) Especies animales y vegetales;
(5) Sustancias obtenidas mediante transformación nuclear;
Los métodos de diagnóstico y terapéuticos no están patentados, pero los medicamentos sí. Por lo tanto, se recomienda prescribir el medicamento y solicitar una patente para el mismo. El siguiente paso es la cuestión de la transferencia o autorización de la patente.
¡Te deseo éxito!