Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - Nuestra empresa ha contratado a un empleado y lleva más de un mes trabajando, pero aún no hemos firmado un contrato laboral con él. Si la otra parte pregunta, ¿tengo que entrar?

Nuestra empresa ha contratado a un empleado y lleva más de un mes trabajando, pero aún no hemos firmado un contrato laboral con él. Si la otra parte pregunta, ¿tengo que entrar?

Pregunta: Mi empresa ha contratado a un empleado y lleva más de un mes trabajando, pero aún no hemos firmado un contrato laboral con él. Si la otra parte pregunta, ¿tengo que pagar el doble de mi salario por menos de un mes pero menos de un año?

Respuesta: Scout Legal Online Consulting resolverá tus dudas.

Hola, siempre y cuando puedas acreditar la relación laboral real. Según la "Ley de Contrato de Trabajo" de mi país, el empleador debe firmar un contrato de trabajo con el empleado en el plazo de un mes. Si no firmas contrato durante más de un mes, tu salario se duplicará de un mes a un año. Si no se ha firmado por más de un año, se considerará que se ha firmado un contrato de trabajo por tiempo indefinido. En este caso, tu empresa te pagará el doble de tu salario mensual. Si las partes del contrato de trabajo llegan a un acuerdo y el empleador rescinde el contrato de trabajo, éste deberá pagar una compensación económica equivalente a un mes de salario por cada año completo, hasta un máximo de 12 meses. Si la jornada de trabajo es inferior a un año, la compensación económica se pagará en base a la norma de un año. Usted acepta que puede acudir al comité local de arbitraje de disputas laborales para realizar un arbitraje.