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Asesoría legal - ¿Llamas a la policía y tomas notas? ¿Qué es la ley? Las denuncias policiales generalmente no son casos individuales. El registro de informes es sólo un procedimiento de registro de rutina, y la presentación de un caso requiere la aprobación de la unidad. Una vez presentada la denuncia, se notificará al denunciante mediante un aviso. Luego de que el órgano de seguridad pública acepte el caso, si al revisarlo se considera que los hechos delictivos ameritan investigación de responsabilidad penal y son de su competencia, el caso se archivará con la aprobación del responsable del órgano de seguridad pública. en o por encima del nivel del condado. El artículo 112 de la Ley de Procedimiento Penal estipula que los tribunales populares, las fiscalías populares y los órganos de seguridad pública revisarán con prontitud los materiales de los informes, acusaciones, informes y entregas de acuerdo con su jurisdicción si consideran que existen hechos delictivos que requieren un delito penal. responsabilidad, presentarán un caso si se cree que no existen hechos delictivos, o los hechos delictivos son obviamente menores y no hay necesidad de perseguir la responsabilidad penal, el caso no se presentará y se informará al denunciante de la responsabilidad; razones para no presentar el caso. Si el denunciante no está satisfecho, podrá solicitar una reconsideración. Base jurídica: Artículo 112 de la Ley de Procedimiento Penal: Los tribunales populares, las fiscalías populares o los órganos de seguridad pública deberán, de acuerdo con su competencia, revisar con prontitud los materiales para los informes de casos, acusaciones, informes y entregas si consideran que existen hechos delictivos que. exigir responsabilidad penal. El caso debe archivarse si se cree que no existen hechos delictivos, o los hechos delictivos son obviamente menores y no hay necesidad de perseguir la responsabilidad penal, el caso no se archivará y se informará al denunciante; de las razones para no presentar el caso. Si el denunciante no está satisfecho, podrá solicitar una reconsideración.
¿Llamas a la policía y tomas notas? ¿Qué es la ley? Las denuncias policiales generalmente no son casos individuales. El registro de informes es sólo un procedimiento de registro de rutina, y la presentación de un caso requiere la aprobación de la unidad. Una vez presentada la denuncia, se notificará al denunciante mediante un aviso. Luego de que el órgano de seguridad pública acepte el caso, si al revisarlo se considera que los hechos delictivos ameritan investigación de responsabilidad penal y son de su competencia, el caso se archivará con la aprobación del responsable del órgano de seguridad pública. en o por encima del nivel del condado. El artículo 112 de la Ley de Procedimiento Penal estipula que los tribunales populares, las fiscalías populares y los órganos de seguridad pública revisarán con prontitud los materiales de los informes, acusaciones, informes y entregas de acuerdo con su jurisdicción si consideran que existen hechos delictivos que requieren un delito penal. responsabilidad, presentarán un caso si se cree que no existen hechos delictivos, o los hechos delictivos son obviamente menores y no hay necesidad de perseguir la responsabilidad penal, el caso no se presentará y se informará al denunciante de la responsabilidad; razones para no presentar el caso. Si el denunciante no está satisfecho, podrá solicitar una reconsideración. Base jurídica: Artículo 112 de la Ley de Procedimiento Penal: Los tribunales populares, las fiscalías populares o los órganos de seguridad pública deberán, de acuerdo con su competencia, revisar con prontitud los materiales para los informes de casos, acusaciones, informes y entregas si consideran que existen hechos delictivos que. exigir responsabilidad penal. El caso debe archivarse si se cree que no existen hechos delictivos, o los hechos delictivos son obviamente menores y no hay necesidad de perseguir la responsabilidad penal, el caso no se archivará y se informará al denunciante; de las razones para no presentar el caso. Si el denunciante no está satisfecho, podrá solicitar una reconsideración.