¿Los naipes tienen derechos de propiedad intelectual? ¿Existe una patente registrada en la imagen de arriba?
Los derechos de patente del conocimiento del póquer son los siguientes:
1. Las imágenes de las cartas de póquer pertenecen a patentes de apariencia. Generalmente, los gráficos en el reverso de las cartas solicitarán protección de patente de apariencia;
2. Las imágenes clásicas J, Q y K no deben estar protegidas por patentes, porque el período de protección de las patentes de apariencia es de solo 10 años, y el póquer ha existido en este mundo durante n años y se ha extendido ampliamente. conocido por el público sin ninguna novedad;
3. Si alguien rediseña gráficos o estilos novedosos y estéticos para J, Q y K, puede solicitar protección de patente de apariencia.
Base Legal
Ley de Patentes de la República Popular China
Artículo 11 Después de que se otorgan los derechos de patente de invención y modelo de utilidad, salvo disposición en contrario en este Ley, sin el permiso del titular de la patente, ninguna unidad o individuo puede explotar su patente, es decir, no puede fabricar, usar, ofrecer a la venta, vender o importar el producto patentado para fines productivos y comerciales, y no puede utilizar el método patentado y utilizar, ofrecer para la venta, vender o importar de acuerdo con los Productos obtenidos directamente de métodos patentados. Una vez concedida una patente de diseño, ninguna unidad o individuo puede explotar la patente sin el permiso del titular de la patente, es decir, no puede fabricar, ofrecer a la venta, vender o importar sus productos patentados para fines productivos y comerciales. Artículo 2 Las invenciones y creaciones mencionadas en esta Ley se refieren a invenciones, modelos de utilidad y diseños. La invención se refiere a una nueva solución técnica propuesta para un producto, método o mejora del mismo. Los modelos de utilidad se refieren a nuevas soluciones técnicas prácticas propuestas para la forma, estructura o combinación de productos. El diseño de apariencia se refiere a un nuevo diseño que es estéticamente agradable y adecuado para la aplicación industrial, total o parcial, de la forma, patrón o combinación del producto, así como la combinación de color, forma y patrón. Artículo 23 El diseño al que se le ha otorgado el derecho de patente no pertenece al diseño existente antes de la fecha de solicitud, ninguna unidad o individuo ha solicitado el mismo diseño al departamento de administración de patentes del Consejo de Estado y ha sido registrado después de la fecha de solicitud; Documentos de patente publicados. El diseño patentado debe ser significativamente diferente de los diseños existentes o de combinaciones de características de diseño existentes. El diseño para el cual se concede un derecho de patente no entrará en conflicto con los derechos legales obtenidos por otros antes de la fecha de presentación. El término "diseños existentes", tal como se utiliza en esta Ley, se refiere a los diseños que son conocidos por el público en el país y en el extranjero antes de la fecha de solicitud.