Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - ¿Cuál es el tratamiento contable de los arrendamientos financieros según las nuevas normas?

¿Cuál es el tratamiento contable de los arrendamientos financieros según las nuevas normas?

1. El asiento para la fecha de inicio del período de arrendamiento es:

Debito: Activos fijos - activos fijos arrendados bajo financiamiento (el menor entre el valor razonable del bien arrendado y el valor presente del contrato mínimo de arrendamiento). pago)

Cargos financieros no confirmados

Préstamos: cuentas por pagar a largo plazo - cuentas por pagar por arrendamiento financiero (pagos mínimos de arrendamiento)

2. gastos de viaje, impuestos de timbre, etc. Incluido en el valor de los activos arrendados:

Débito: activos fijos - activos fijos arrendados mediante financiación (coste directo inicial)

Préstamos: depósitos bancarios, etc.

3. La asignación de los costes de financiación aún no ha sido confirmada.

Débito: a pagar a largo plazo - arrendamiento financiero a pagar,

Préstamo: depósito bancario.

Débito: cargas financieras,

Préstamos: cargas financieras no reconocidas.

4. Tratamiento contable al vencimiento del arrendamiento

(1) Devolución de los bienes arrendados

①La garantía del arrendatario tiene valor residual:

Débito: Depreciación acumulada,

Cuentas por pagar a largo plazo - pagos de arrendamiento financiero,

Crédito: Activos fijos - activos fijos arrendados bajo financiamiento.

②La garantía del arrendatario no tiene valor residual:

Débito: depreciación acumulada,

Crédito: inmovilizado - inmovilizado arrendado bajo financiación.