¿Cuándo se legisló el delito de compra de mujeres y niños secuestrados?
Análisis Legal
El delito de trata de mujeres y niños se refiere al rapto, secuestro, venta, engaño, transporte y traslado de mujeres y niños con el fin de venderlo. es un crimen mundial. El objeto de este delito es la libertad personal y la dignidad personal de las mujeres y los niños. El objeto de este delito se limita a las mujeres y los niños. Según interpretaciones judiciales pertinentes, por mujer se entiende mujeres mayores de 14 años. Son niños los niños y niñas menores de catorce años. El secuestro se refiere al acto de secuestrar mujeres y niños con el fin de venderlos, utilizando medios no violentos como el engaño y el incentivo. El secuestro se refiere al acto de secuestrar y controlar a mujeres y niños mediante violencia, coerción o narcosis. El soborno se refiere al acto de comprar mujeres o niños con dinero u otros bienes. La trata se refiere al acto de vender mujeres y niños como mercancías a otros para obtener ganancias ilegales. Recoger y transportar se refiere al comportamiento de recibir y transportar a mujeres y niños durante el proceso de secuestro y trata de mujeres y niños. El tránsito se refiere a brindar un lugar intermedio o una oportunidad para los delincuentes que secuestran a mujeres y niños. El robo de niños se refiere al acto de robar en secreto a niños menores de seis años. Este delito es facultativo. Siempre que el autor cometa uno de los siete hechos antes mencionados, se constituye este delito. La realización de dos o más actos al mismo tiempo constituye un delito, no siendo aplicable la pena concurrente por delitos múltiples.
Base jurídica
El artículo 241 de la Ley Penal de la República Popular China será reprimido con pena privativa de libertad de no más de tres años, detención penal o vigilancia pública. El que soborne a una mujer víctima de trata y tenga con ella relaciones sexuales por la fuerza será condenado y sancionado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 236 de esta Ley. Quien soborne a mujeres o niños secuestrados, los prive ilegalmente de su libertad personal o cometa actos delictivos como lesiones o insultos será condenado y castigado de conformidad con las disposiciones pertinentes de esta ley. Cualquiera que compre mujeres o niños secuestrados y cometa los delitos especificados en los párrafos 2 y 3 será castigado de conformidad con las disposiciones de pena concurrente para delitos múltiples. El que soborne a mujeres o niños secuestrados será condenado y sancionado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 240 de esta Ley. Los que compren mujeres o niños secuestrados sin abusar de los niños comprados y no obstaculicen su rescate, podrán recibir un castigo más leve los que cumplan los deseos de las mujeres compradas y no les impidan regresar a su lugar de origen; residencia podrá recibir una pena más leve o reducida.