Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - ¿Cómo pueden los promotores inmobiliarios evitar la ejecución judicial de pagos ficticios por proyectos?

¿Cómo pueden los promotores inmobiliarios evitar la ejecución judicial de pagos ficticios por proyectos?

Para evitar que el tribunal haga cumplir el pago del proyecto ficticio, el desarrollador de viviendas puede presentar una objeción de ejecución ante el tribunal para su revisión.

El artículo 225 de la "Ley de Procedimiento Civil" estipula: Si las partes o interesados ​​creen que la ejecución es ilegal, podrán presentar objeciones por escrito al tribunal popular responsable de la ejecución.

Si las partes o interesados ​​presentan objeciones escritas, el tribunal popular realizará una revisión dentro de los 15 días siguientes a la fecha de recepción de las objeciones escritas. Si se acreditan los motivos, se ordenará su revocación o corrección. Si los motivos fueran insostenibles, la solicitud se declarará inadmisible.

Si las partes o interesados ​​no estuvieran satisfechos con la sentencia, podrán solicitar su reconsideración ante el tribunal popular del nivel inmediatamente superior dentro de los diez días siguientes a la fecha de emisión de la sentencia.