¿En qué departamento se deben presentar las denuncias sobre hijos ilegítimos que conviven sin estar casados?
Oficina de Asuntos Civiles, Fiscalía y Oficina de Seguridad Pública
Artículo 25 de la Ley de Matrimonio: Los hijos nacidos fuera del matrimonio tienen los mismos derechos que los nacidos dentro del matrimonio, y nadie podrá dañarlos ni discriminarlos.
El artículo 10 de la Ley de Sucesiones establece que la herencia debe seguir el siguiente orden:
Primer orden: cónyuge, hijos, padres.
Segundo orden: hermanos, abuelos, abuelos maternos.
Una vez iniciada la herencia, el heredero de primer orden heredará y el heredero de segundo orden no heredará. Si no hay heredero de primer orden, heredará el heredero de segundo orden.
Los hijos mencionados en esta ley incluyen hijos legítimos, hijos ilegítimos, hijos adoptados e hijastros dependientes.