¿Está protegido por la ley si firmo un contrato con el comité de la aldea para contratar colinas y laderas áridas?
El artículo 52 de la Ley de Contratos es inválido en cualquiera de las siguientes circunstancias:
(1) Una parte celebra un contrato mediante fraude o coerción, perjudicando así los intereses nacionales;
( 2) ) colusión maliciosa para dañar los intereses del país, del colectivo o de un tercero;
(3) ocultar fines ilegales en formas legales;
(4) dañar los intereses públicos ;
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(5) Violar disposiciones imperativas de leyes y reglamentos administrativos.
Como se desprende de lo anterior. El contrato de contratación de cerros y laderas baldías suscrito por las partes y el comité aldeano es jurídicamente vinculante y está protegido siempre que no implique violación alguna de las disposiciones anteriores.