¿Necesito compensar a la empresa por daños y perjuicios si solicito renunciar con un mes de anticipación?
Análisis legal
Si solicita la renuncia con un mes de anticipación, no necesita compensar a la empresa por daños y perjuicios. Durante el período de prueba, los empleados deberán notificar al empleador con treinta y tres días de anticipación y tendrán derecho a rescindir el contrato de trabajo. Hay tres situaciones en las que un individuo propone renunciar: 1. El empleador viola las leyes y reglamentos pertinentes. Luego de que un empleado propone por escrito terminar la relación laboral, podrá renunciar sin la aprobación del empleador, podrá solicitar el pago de los salarios remanentes y una compensación económica (un mes de salario por cada año de servicio) y seguir los trámites de renuncia. . 2. Según la normativa, los empleados pueden dimitir por escrito con 30 días de antelación sin la aprobación del empleador. Entre ellos, el período de prueba debe presentarse por escrito con 3 días de anticipación; el empleador tiene la obligación de liquidar los salarios y tramitar los trámites de renuncia. 3. Si un empleado no renuncia con 30 días de anticipación y el empleador no viola las regulaciones, el empleado deberá presentar una carta de renuncia y renunciar directamente. En este momento, el empleado está infringiendo la ley y el empleador puede exigir que el empleado asuma las pérdidas económicas directas causadas al empleador. Es una violación disciplinaria que un empleado no renuncie con un mes de anticipación. Sin embargo, siempre que el empleado y la unidad completen el traspaso y pasen por los procedimientos de renuncia, la unidad debe liquidar el salario con el empleado. Si los empleados tienen disputas con sus unidades sobre salarios, pueden solicitar un arbitraje laboral para hacer valer sus derechos.
Base Legal
Ley de Contrato de Trabajo de la República Popular China
Artículo 36 El empleador y el empleado podrán negociar la rescisión del contrato de trabajo.
Artículo 37 El trabajador podrá rescindir el contrato de trabajo notificándolo por escrito al empleador con 30 días de antelación. Durante el período de prueba, el empleado puede rescindir el contrato de trabajo notificándolo al empleador con tres días de anticipación.
Artículo 38 Si ocurre alguna de las siguientes circunstancias, el empleado podrá rescindir el contrato de trabajo: (1) No proporcionar protección laboral o condiciones laborales según lo estipulado en el contrato de trabajo; (2) Falta de pago; completo y puntual (3) Falta de pago de las primas del seguro social de los trabajadores de conformidad con la ley (4) Las normas y reglamentos del empleador violan las disposiciones de las leyes y reglamentos y dañan los derechos e intereses de los trabajadores; De conformidad con el artículo 26 de esta Ley, las circunstancias especificadas en el párrafo 1 invalidan el contrato de trabajo (6) Otras circunstancias en las que el empleado puede rescindir el contrato de trabajo según lo estipulado en las leyes y reglamentos administrativos; Si el empleador obliga al empleado a trabajar mediante violencia, amenazas o restricciones ilegales a la libertad personal, o si el empleador dirige u obliga ilegalmente a realizar trabajos riesgosos que pongan en peligro la seguridad personal del empleado, el empleado podrá rescindir el contrato de trabajo inmediatamente sin notificar al empleador. por adelantado.