Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - ¿Cómo podría una empresa de artículos coleccionables no ser una estafa?

¿Cómo podría una empresa de artículos coleccionables no ser una estafa?

Análisis legal: si la venta de objetos de colección constituye fraude debe determinarse en función de las circunstancias específicas. Quien defraude bienes públicos o privados y la cuantía sea relativamente elevada, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, prisión preventiva o vigilancia pública, pudiendo también ser multado si la cuantía es elevada o concurren otras circunstancias graves; , será condenado a pena privativa de libertad no inferior a tres años ni superior a diez años, y también se le impondrá una multa si la cuantía es especialmente elevada o concurren otras circunstancias especialmente graves, el infractor será condenado a pena fija; - Pena privativa de libertad no menor de diez años o cadena perpetua, además de multa o confiscación de bienes.

Base jurídica: "Ley Penal de la República Popular China"

Artículo 266 Quien defraude la propiedad pública o privada, si la cuantía es relativamente importante, será sancionado con pena de prisión determinada. pena de prisión no superior a tres años, detención penal o vigilancia pública será condenado simultáneamente o únicamente a pena de prisión de no menos de tres años pero no más de diez años, simultáneamente a pena de prisión de no menos de diez años. o cadena perpetua, y también será multado o confiscado sus bienes. Si esta ley dispone lo contrario, prevalecerán tales disposiciones.

Artículo 192: El que utilice medios fraudulentos para recaudar fondos ilegalmente con fines de posesión ilícita y la cantidad sea relativamente elevada, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años. Si la cantidad es elevada o concurren otras circunstancias graves, será condenado a pena privativa de libertad no menor de siete años o a cadena perpetua, y además será multado o confiscado sus bienes.

Si una unidad comete el delito del párrafo anterior, dicha unidad será multada, y el responsable directo y demás personal directamente responsable serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.

Artículo 266: El que defraude bienes públicos o privados y la cuantía sea relativamente importante, será sancionado con prisión fija no mayor de tres años, prisión criminal o vigilancia pública, y será también o únicamente multa. si la cantidad es enorme o concurren otras circunstancias graves, quienes cometan delitos serán condenados a pena de prisión de no menos de tres años pero no más de diez años, y también se les impondrá una multa si la cantidad es especialmente elevada; o concurran otras circunstancias especialmente graves, serán sancionados con pena privativa de libertad no menor de diez años o cadena perpetua, y también se les impondrá multa o se les confiscarán sus bienes. Si esta ley dispone lo contrario, prevalecerán tales disposiciones.