Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - Mi marido es comerciante. En el documento de detención está escrito que es culpable de abrir un casino. Ha sido detenido y no ha sido sentenciado. ¿Hay algo más que pueda hacer para ayudarlo ahora?

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Si tiene los medios económicos, puede contratar a un abogado para defender al acusado y luchar por un castigo más leve para el acusado.

Los abogados defensores pueden ir al centro de detención para reunirse con el cliente y conocer las circunstancias específicas del caso. Pueden brindarle ayuda legal, solicitar la libertad bajo fianza en espera del juicio y presentar quejas y quejas. apelaciones en nombre de las autoridades judiciales contra actos que infringen los derechos legales del cliente, como la tortura para obtener confesiones.

Los abogados defensores tienen derecho a presentar materiales y opiniones sobre la base de hechos y leyes de que los sospechosos y acusados ​​son inocentes, tienen delitos menores o reducen o eximen su responsabilidad penal, y salvaguardan los derechos de litigio de sospechosos y acusados ​​de delitos y otros derechos e intereses legítimos.

Base jurídica:

Artículo 33 de la "Ley de procedimiento penal". Un sospechoso de un delito tiene derecho a confiar un defensor desde el primer día del interrogatorio o de las medidas obligatorias adoptadas por el organismo de investigación. ; Durante la investigación sólo se podrá confiar como defensor a un abogado. El acusado tiene derecho a confiar un defensor en cualquier momento.

Al interrogar a un sospechoso de un delito por primera vez o tomar medidas obligatorias contra un sospechoso de un delito, la agencia de investigación informará al sospechoso de su derecho a confiar un defensor. La Fiscalía Popular, dentro de los tres días siguientes a la fecha de recepción de los materiales del caso transferidos para su revisión y enjuiciamiento, informará al sospechoso de un delito sobre su derecho a confiar un defensor. El tribunal popular, dentro de los tres días siguientes a la fecha de aceptación del caso, informará al imputado sobre su derecho a confiar un defensor. Si los sospechosos o acusados ​​de un delito solicitan que se les encomiende un defensor mientras se encuentran bajo custodia, el tribunal popular, la fiscalía popular y los órganos de seguridad pública deberán transmitir su solicitud con prontitud.

Si un sospechoso o acusado de un delito se encuentra detenido, su tutor o pariente cercano también podrá designar un defensor en su nombre.

Después de aceptar la encomienda de un sospechoso o acusado de un delito, el defensor deberá notificar de inmediato a la agencia que lleva el caso.

Artículo 35 Es responsabilidad del defensor aportar materiales y dictámenes que acrediten que el sospechoso o imputado es inocente, el delito es menor o su responsabilidad penal se reduce o exime con base en los hechos. y la ley, y salvaguardar los derechos de litigio del sospechoso o acusado criminal y otros derechos e intereses legales.

Artículo 36: Los abogados defensores podrán brindar asistencia jurídica a los sospechosos de delitos durante la investigación; representarlos en apelaciones y acusaciones; solicitar cambios en las medidas obligatorias y conocer de los organismos de investigación sobre los delitos sospechosos de los sospechosos de delitos; y circunstancias relevantes del caso, formulan opiniones.

Artículo 37: Los abogados defensores podrán reunirse y comunicarse con los presuntos delincuentes y los imputados bajo custodia. Otros defensores también pueden reunirse y comunicarse con sospechosos de delitos y acusados ​​bajo custodia con el permiso del Tribunal Popular y la Fiscalía Popular.

Si un abogado defensor solicita reunirse con un sospechoso de un delito o acusado bajo custodia con un certificado de ejercicio de abogado, un certificado de bufete de abogados, un poder o una carta oficial de asistencia jurídica, el centro de detención deberá organizar la reunión en el momento oportuno, a más tardar dentro de las cuarenta y ocho horas.

En casos de delitos que ponen en peligro la seguridad nacional, delitos de actividades terroristas y delitos de soborno especialmente graves, los abogados defensores deben obtener permiso de la agencia de investigación para reunirse con los sospechosos de delitos bajo custodia durante la investigación. En los casos antes mencionados, el organismo de investigación deberá notificar al centro de detención con antelación.

Los abogados defensores pueden reunirse con sospechosos de delitos y acusados ​​bajo custodia para conocer las circunstancias relevantes del caso, brindar asesoramiento legal, etc., a partir de la fecha en que el caso se transfiere para su revisión y enjuiciamiento, pueden verificar; pruebas pertinentes con sospechosos y acusados ​​de delitos. Los abogados defensores no son objeto de seguimiento cuando se reúnen con sospechosos o acusados ​​de delitos.

Las disposiciones de los apartados 1, 3 y 4 se aplicarán cuando los abogados defensores se reúnan y se comuniquen con sospechosos de delitos o acusados ​​que se encuentren bajo vigilancia domiciliaria.

Artículo 38: Los abogados defensores podrán consultar, extraer y copiar el expediente del caso a partir de la fecha de revisión y procesamiento del caso por la Fiscalía Popular. Otros defensores también pueden consultar, extraer y copiar los materiales antes mencionados con el permiso del Tribunal Popular y de la Fiscalía Popular.

Artículo 39 Si el defensor considera que las pruebas y materiales recabados por los órganos de seguridad pública y la Fiscalía Popular para demostrar la inocencia del sospechoso o imputado o del delito menor durante el período de investigación, revisión y procesamiento no han sido presentados, tiene derecho a solicitar un La Fiscalía y el Tribunal Popular lo solicitarán.

Artículo 40: Se aceptarán las pruebas recabadas por el defensor de que el presunto delincuente no se encuentra en la escena del crimen, no ha alcanzado la edad de responsabilidad penal y es un enfermo mental que no es penalmente responsable según la ley. ser notificado sin demora a los órganos de seguridad pública y a la Fiscalía Popular.

Artículo 41 Con el consentimiento de los testigos u otras unidades e individuos pertinentes, los abogados defensores podrán recopilar de ellos materiales relacionados con el caso y también podrán solicitar a la Fiscalía Popular o al Tribunal Popular la recopilación u obtención de pruebas. o solicitar El Tribunal Popular notifica a los testigos que comparezcan ante el tribunal para testificar.

Con el permiso de la Fiscalía Popular o del Tribunal Popular, y con el consentimiento de la víctima o de sus familiares cercanos, o de los testigos aportados por la víctima, los abogados defensores podrán recoger de ellos materiales relacionados con el caso. .