¿Se debe pagar el impuesto de timbre en el contrato de acompañante?
Actualmente, el impuesto de timbre sólo se aplica a los certificados enumerados en la Ordenanza sobre el impuesto de timbre. Existen cinco categorías específicas:
1. Contratos de compra y venta, tramitación de contratos, levantamiento y diseño de proyectos de construcción, contratos de proyectos de construcción, arrendamiento de inmuebles, transporte de carga, almacenamiento, préstamos, seguros de propiedad, contratos técnicos o documentos de de carácter contractual;
2. Transferencia de derechos de propiedad;
3. Libros de cuentas comerciales;
4. Certificado de propiedad de la vivienda, licencia comercial, certificado de registro de marca. , certificado de patente, certificados de uso de suelo y permisos;
5. Otros comprobantes fiscales que determine el Ministerio de Hacienda.