Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - ¡Urgente! ¿Qué documentos emitieron Gran Bretaña, Francia y Estados Unidos después de la revolución burguesa?

¡Urgente! ¿Qué documentos emitieron Gran Bretaña, Francia y Estados Unidos después de la revolución burguesa?

Gran Bretaña:

Después de la Revolución Gloriosa, el poder del Parlamento aumentó considerablemente. La burguesía y la nueva aristocracia aprobaron una serie de proyectos de ley en el Parlamento destinados a restringir los derechos del rey. Entre ellos, la Declaración de Derechos promulgada en. 1689 tuvo la influencia de mayor alcance.

Francia:

La Revolución Francesa terminó con el establecimiento de la Tercera República Francesa. En 1875, el Parlamento aprobó la Constitución de la Tercera República Francesa, que proporcionó una base jurídica para la existencia de la república.

Estados Unidos:

Después de la fundación de los Estados Unidos, representantes de varios estados de los Estados Unidos celebraron una convención constitucional en Filadelfia y adoptaron una constitución federal, la Constitución de 1787.

上篇: Tengo patente de invención y modelo de utilidad (pendiente). ¿Puedo encontrar inversores para invertir? ¿A qué debo prestar atención? 下篇: ¿Cuál es la política de China sobre tener un segundo hijo? 1. El artículo 18 de la "Ley de Población y Planificación Familiar" de mi país establece que el país estabiliza la actual política de fertilidad, alienta a los ciudadanos a casarse más tarde y tener hijos más tarde, y alienta a las parejas a tener un hijo; Quienes cumplan con las condiciones estipuladas en las leyes y reglamentos pueden solicitar arreglos para dar a luz a un segundo hijo. Las medidas específicas serán formuladas por los congresos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central o sus comités permanentes. 2. Si un niño nace ilegalmente, el departamento administrativo de población y planificación familiar del gobierno popular a nivel de condado o el gobierno popular del municipio o la oficina subdistrito encomendada por este cobrará tasas de apoyo social al niño de conformidad con las siguientes disposiciones: (1) Si el niño es elegible para tener otro niño, Condiciones, si no ha obtenido un certificado de nacimiento, se le cobrará el 30% del ingreso total del año anterior. Después de cobrar las cuotas de apoyo social, se emitirá un nuevo certificado de nacimiento. (2) Si da a luz a un niño ilegalmente, se le aplicará una tasa de dos a seis veces el ingreso total del año anterior. Si da a luz a un niño en bigamia o con alguien que no sea su cónyuge, usted. se cobrará a una tasa de seis a ocho veces por cada niño adicional, el monto del impuesto aumentará tres veces por turno; Si cumple con las condiciones para contraer matrimonio pero no ha registrado su matrimonio, está embarazada y tiene su primer hijo, debe solicitar el registro de matrimonio y el certificado de nacimiento antes de que nazca el niño. Para los niños nacidos fuera del matrimonio o adoptados ilegalmente, las tasas de apoyo social se cobrarán de acuerdo con el número de hijos de acuerdo con las normas especificadas en el punto (2) del párrafo anterior de este artículo. Los ingresos totales a que se refiere este artículo se calculan con base en los ingresos reales de ambas partes provenientes de nacimientos o adopciones ilegales. Si el departamento administrativo de población y planificación familiar del gobierno popular a nivel de condado investiga los ingresos reales de nacimientos ilegales o adopciones ilegales y requiere asistencia de impuestos, seguridad pública, estadísticas, trabajo y seguridad social, bienes raíces, precios de productos básicos y otros departamentos relevantes , los departamentos pertinentes prestarán asistencia. El ingreso real de los residentes rurales es menor que el ingreso neto per cápita de los residentes rurales en el municipio (pueblo) en el año anterior, y el ingreso real de los residentes urbanos es menor que el ingreso disponible per cápita de las ciudades y condados en el año anterior. año. Se calcula el ingreso neto per cápita de los residentes rurales en el municipio (pueblo) en el año anterior y el ingreso disponible per cápita de los residentes urbanos en la ciudad o condado en el año anterior.