Por muy cruel y despiadado que sea el asesino, ¿habrá un abogado que lo defienda y lo exonere?
Los sospechosos y acusados de delitos gozan del derecho de defensa que les confiere la ley. Independientemente del delito del que se sospeche al sospechoso, especialmente si es probable que lo condenen a muerte, si el familiar no ha contratado a un abogado para defenderlo, las autoridades judiciales deben notificar al centro de asistencia jurídica para que le asigne un abogado. para proporcionar asistencia jurídica.
Ver artículo 33 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Además de ejercer su derecho a la defensa, los sospechosos y acusados de un delito también pueden confiar la defensa a una o dos personas.
Artículo 35, párrafo 3: Si un sospechoso o acusado de un delito puede ser condenado a cadena perpetua o a muerte sin confiarle un defensor, el tribunal popular, la fiscalía popular y el organismo de seguridad pública notificarán al organismo de asistencia jurídica para Proporcionarle asistencia jurídica. Designarle un abogado para que lo defienda.