¿La hija del primo de mi padre es mi pariente más cercano según la ley?
Según las disposiciones legales, los parientes cercanos deben considerarse parientes consanguíneos directos y parientes consanguíneos colaterales dentro de tres generaciones. Si es la primera generación, es un pariente consanguíneo colateral dentro de tres generaciones. Por lo tanto, la prima y la hija del padre ya no son parientes consanguíneos colaterales dentro de tres generaciones.
El artículo 7 de la nueva ley de matrimonio de mi país estipula claramente que está prohibido el matrimonio entre parientes consanguíneos directos y parientes consanguíneos colaterales dentro de tres generaciones. Los parientes cercanos son personas que están emparentadas por sangre o, más precisamente, personas que no están muy alejadas de sus antepasados, que suelen remontarse a tres generaciones.