Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - Soy un empleado común y corriente. Llevo más de medio año trabajando en la fábrica y mi salario está garantizado en 3.500. Trabajaré horas extras pieza por pieza.

Soy un empleado común y corriente. Llevo más de medio año trabajando en la fábrica y mi salario está garantizado en 3.500. Trabajaré horas extras pieza por pieza.

Los casos laborales los puede manejar uno mismo y se pueden ganar, y el arbitraje laboral es completamente gratuito.

1. Puedes solicitar arbitraje laboral para solicitar el pago de salarios dobles (hasta 11 meses) y salarios no pagados, depósitos, compensaciones económicas, salarios de horas extras, etc. Documentos que aún no han sido firmados; desde el momento de su renuncia, ¡el plazo de prescripción del arbitraje laboral es de un año!

2. ¡La clave para tal caso es tener pruebas que demuestren la relación laboral! Por ejemplo, ropa de trabajo con el nombre de la empresa, permiso de trabajo o identificación de trabajo (preferiblemente con sello oficial), tarjeta de salario, recibo de sueldo, registro de asistencia, registro de pago del seguro social, testimonio de un colega (cualquiera que renunció o trabajó), audio y video o cualquier otra cosa con su nombre y documentos con sello oficial (incluyendo certificado de trabajo con sello oficial, comprobantes de pago de seguro social, documentos con su nombre y sello oficial, documentos que puedan acreditar la relación laboral);

3. solicitando arbitraje laboral, tráigalo Formulario de solicitud, copia de cédula de identidad, evidencia relevante, información de registro industrial y comercial! ¡Durante el periodo de arbitraje laboral, podrás ir a trabajar a tu nueva unidad!

Base legal:

Ley de Contrato de Trabajo:

Artículo 10 Para establecer una relación laboral se debe celebrar un contrato de trabajo por escrito.

Si se ha establecido una relación laboral pero al mismo tiempo no se ha celebrado un contrato laboral escrito, el contrato laboral escrito deberá celebrarse dentro de un mes a partir de la fecha de empleo.

Artículo 82 Si el empleador no concluye un contrato de trabajo escrito con el empleado durante más de un mes pero menos de un año a partir de la fecha de empleo, deberá pagar el doble del salario mensual al empleado.

Artículo 47 La compensación económica se pagará en función del número de años que el trabajador haya trabajado en la unidad, y un mes de salario por cada año completo. Si el período es superior a seis meses e inferior a un año, se computará como un año; si es inferior a seis meses, se pagará al trabajador la compensación económica de medio mes de salario.

Lo anterior es una solución a un problema similar al suyo proporcionada por un asesor legal en mi consulta. Si aún no comprende o necesita más ayuda de consultoría, puedo dejarle la página de inicio del equipo de Baidu Know de los asesores legales relevantes, y puede pedir ayuda a los asesores legales del equipo.

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