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Disposiciones legales sobre el derecho de tanteo para los copropietarios de viviendas

El derecho de tanteo, es decir, el derecho de tanteo, se refiere al derecho de una persona específica a comprar la materia antes que el tercero en las mismas condiciones cuando el vendedor vende la materia a un tercero de conformidad con lo dispuesto en la ley o en el contrato. El inquilino tiene derecho de tanteo y el propietario de la propiedad debe vender la casa alquilada al inquilino en las mismas condiciones.

Si el arrendador no notifica al arrendatario, o éste manifiesta su voluntad de comprar la vivienda arrendada, el contrato de compraventa celebrado entre el arrendador y el tercero será nulo. Algunas personas tienen la primera opción para comprar casas y otras tienen la primera opción para comprar bienes raíces. Además, durante el proceso de transacción inmobiliaria, ya sea que se trate de la firma de un contrato o de la transferencia de propiedad, debe haber prueba de consentimiento, de lo contrario el contrato de compraventa de la casa no será válido. Los residentes originales de casas antiguas de propiedad pública tienen derecho de tanteo. Si compran una taberna antigua, los residentes originales tienen derecho de preferencia. El propietario original de la propiedad tiene derecho de preferencia, y las transacciones de vivienda de segunda mano también requieren el consentimiento del propietario original y un certificado, para que el contrato sea válido y el comprador y el vendedor puedan gestionar la transferencia. El derecho de tanteo se refiere al derecho de un determinado sujeto civil a comprar una determinada propiedad antes que otros de conformidad con la ley. El * * * derecho de tanteo se refiere a * * * la parte de propiedad mueble o inmueble que * * * puede transferirse cuando se transfiere la propiedad. Como * * * el derecho de tanteo en las mismas condiciones, es un derecho de propiedad legal.

El valor de finalidad del sistema de derecho de preferencia incluye principalmente los siguientes aspectos:

1. Valor del pedido, la base y premisa del derecho de preferencia es que el derecho de preferencia. La preferencia de compra ya existe antes de la relación comprador-vendedor en alguna relación jurídica o hecho jurídico. Para mantener las relaciones jurídicas establecidas y preservar al máximo el orden de la vida económica, los legisladores establecieron el derecho de preferencia.

2. Valor de eficiencia, el sistema de derecho de tanteo favorece la maximización de los beneficios económicos de la riqueza material, con el fin de aprovecharla al máximo. La libertad y la eficiencia son dos principios fundamentales en el derecho privado, pero no se excluyen mutuamente sino que se refuerzan mutuamente.

3. El valor razonable es uno de los conceptos inherentes al sistema jurídico, cuyo objetivo es proteger a los grupos vulnerables y lograr la equidad y la justicia social.

Base jurídica:

Código Civil de la República Popular China

Artículo 306 El transmitente transfiere todos sus bienes inmuebles en * * * en forma de acciones o Si se transfiere una participación en el bien mueble, se notificará prontamente la transferencia a los demás propietarios. Los demás deberán ejercer su derecho de tanteo en un plazo razonable. Si otras dos o más personas pretenden ejercer el derecho de tanteo, negociarán para determinar sus respectivas proporciones de compra; si la negociación fracasa, el derecho de tanteo se ejercerá conforme a la proporción de sus respectivas acciones en el momento; de transferencia.

Artículo 726 Si el arrendador vende la casa arrendada, deberá notificarlo al arrendatario dentro de un plazo razonable antes de la venta, teniendo el arrendatario derecho de tanteo en las mismas condiciones, salvo que la casa esté; Propiedad La persona toma posesión preventiva de la casa o el arrendador vende la casa a un pariente cercano. Una vez cumplido el arrendador su obligación de notificación, si el arrendatario no manifiesta expresamente su intención de compra en el plazo de quince días, se considerará que el arrendatario ha renunciado a su derecho de tanteo.