¿Es legalmente vinculante la certificación notarial de la carta de compromiso?
Una carta compromiso es en realidad un contrato, que por supuesto tiene efectos jurídicos. Sin embargo, una carta de compromiso válida debe cumplir al mismo tiempo las siguientes tres condiciones: 1. Reflejar los verdaderos deseos de las partes involucradas. El contenido de la carta compromiso será la expresión de la verdadera intención de las partes y no podrá ser coaccionada, amenazada, inducida o engañada. 2. No existe violación de las leyes y reglamentos pertinentes; el contenido de la carta de compromiso debe cumplir con las disposiciones de la ley y no puede violar las disposiciones prohibitivas de las leyes o reglamentos administrativos, de lo contrario la carta de compromiso puede ser inválida. 3. No atente contra los intereses de otros. El promitente sólo puede disponer de las cosas de las que tiene derecho a disponer y no puede infringir los intereses legítimos de otros. En resumen, el hecho de que una carta de compromiso tenga efecto jurídico depende principalmente de si cumple las tres condiciones anteriores. Por supuesto, en la práctica, sólo una carta de compromiso que exprese la verdadera intención de las partes, no viole las disposiciones legales pertinentes y no infrinja los intereses de otros es válida y estará protegida por la ley. Artículo 55 de los Principios Generales del Derecho Civil Los actos jurídicos civiles deberán cumplir las siguientes condiciones: (1) El actor tiene la correspondiente capacidad para la conducta civil (2) La manifestación de la intención es verdadera (3) No viola la ley; o intereses públicos.
Objetividad jurídica:
Artículo 465 del Código Civil, los contratos establecidos conforme a la ley están protegidos por la ley. Un contrato establecido conforme a la ley sólo obliga jurídicamente a las partes, salvo disposición legal en contrario.